Fecha de Publicación: 02/04/1990
Página: 8-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 25

   En el caso de que surgieren discrepancias respecto a las correcciones,
el Tribunal se reunirá y previa consulta si correspondiere, con el Grupo
de Asesores, emitirá su fallo, disponiendo para ello un plazo de tres
horas, siendo el mismo inapelable.  Si el reclamo fuere fundado se
procederá a calificar nuevamente la pregunta en cuestión y recalificar la
prueba del reclamante.
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