MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Los Oficiales que se consideran habilitados para rendir la Prueba de Suficiencia ya sean en la primera o segunda oportunidad harán la solicitud por escrito ante el Comando General de la Fuerza Aérea quien remitirá al Tribunal Examinador la lista de los señores Oficiales, autorizados a realizarlos.Ayuda