Fecha de Publicación: 02/12/1980
Página: 756-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 2

               Cométese a la Comisión de la Industria Automotriz la
realización de todo lo relacionado con el presente llamado.

     La Comisión de la Industria Automotriz deberá elevar el informe a que
hace referencia el numeral 14 del artículo 1º del presente decreto, dentro
de un plazo de 15 días a partir de la fecha de apertura de las propuestas.
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