MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Las infracciones al presente decreto serán sancionadas de conformidad con las leyes 13.833, de 29 de diciembre de 1969 (Artículo 33), 14.484, de 18 de diciembre de 1975 (Artículo 7º literal A) y decreto 711/971, de 28 de octubre de 1971 (Artículo 40).Ayuda