La Dirección de Loterías y Quinielas por resolución fundada y
atendiendo a las condiciones de comercialización anteriormente expuestas,
podrá modificar, tanto las cantidades de bolillas a extraer en cada
sorteo, como el total de números a los que se puede apostar, siempre que
se mantenga la relación porcentual del total esperado de premios a pagar
respecto del monto apostado.