En el acto de cada sorteo se extraerán sin reposición cinco bolillas
iniciales y a continuación una extra, de un bolillero que contendrá
treinta y seis numeradas del 01 al 36 inclusive.
El acto del sorteo será organizado y ejecutado por la Dirección de
Loterías y Quinielas.
Los sorteos serán Públicos y podrán ser difundidos mediante la
utilización de los medios de difusión adecuados para lograr dicho
objetivo a juicio de la Dirección de Loterías y Quinielas.