Fecha de Publicación: 30/12/1985
Página: 591-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 5

   Superficie Computable. A los efectos del cálculo del ingreso neto, del
total de hectáreas de cada padrón, se excluirán:
  A) Las destinadas a explotaciones no agropecuarias y hasta el área
     necesaria para las mismas.
  B) Las ocupadas por bosques una vez obtenido el certificado que expida
     la Dirección Forestal cuya fotocopia se adjuntará a la   declaración
     jurada del impuesto que se reglamenta.
  C) Las ocupadas por montes citrícolas de acuerdo a lo establecido por la
     ley 13.930 de 31 de diciembre de 1970.
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