Fecha de Publicación: 03/02/1986
Página: 572-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 20

   (Deducción por arrendamientos). Para los contribuyentes de este
impuesto no regirá la limitación en la deducción de arrendamientos
establecida por el Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio.
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