Las empresas que se dediquen a las actividades que se declaran de
Interés Nacional por el presente decreto, para acceder a los beneficios
promocionales incluidos en el mismo, deberán obtener del Ministerio de
Industria y Energía, la constancia de que se dedican a la extracción,
industrialización o fabricación de maquinaria de apoyo al Sector amparado
por el presente decreto e inscribirse en el Registro que se creará al
efecto.