El Instituto Geológico del Uruguay adoptará las medidas correspondientes
para la instalación de una Oficina en el Departamento de Artigas,
coordinadamente con la Intendencia Municipal respectiva, que tendrá por
cometido llevar un registro de personas y/o empresas dedicadas a las
actividades del sector, así como realizar los trámites y controles
previstos en este decreto y en el decreto 5/970 del 2 de enero de 1970.