Fecha de Publicación: 11/01/2007
Página: 208-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 06/02/2007.

Artículo 6

La solicitud de Certificados Derivados podrá realizarse por los Despachantes de Aduanas o por los depositarios y deberá ser acompañada de:
- conocimientos de embarque de ingreso y egreso
- Certificado de Origen MERCOSUR.
- Factura comercial referenciada en el Certificado de Origen 
- MERCOSUR
- Factura comercial correspondiente a la mercadería para la cual se 
  solicita el Certificado Derivado.

Dicha solicitud deberá estar firmada por el solicitante, el propietario o consignatario, según corresponda y el depositario.

La documentación e información proporcionadas a la Dirección Nacional de Aduanas de conformidad al presente artículo serán de carácter reservados, debiendo ser utilizados por la referida Dirección exclusivamente para emitir los Certificados Derivados y efectuar los controles que estime necesarios
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