MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
La importación de virus aftoso inactivado deberá ser realizada dentro de los 3 (tres) meses siguientes a la fecha de inactivación y la de vacunas antiaftosa total o parcialmente elaboradas dentro de los 5 (cinco) meses siguientes a la fecha de inactivación del primer componentes monovalente de las mismas.Ayuda