Se considerará que el período de inmunidad conferido por las vacunas
antiaftosa a virus inactivados hidróxido saponinadas se extiende por un
máximo de 4 (cuatro) meses y las de componente oleoso 6 (seis) meses. Si
algún laboratorio atribuye a su vacuna la producción de inmunidad de mayor
plazo, deberá demostrar experimentalmente dicha condición en pruebas
suplementarias que serán planificadas y efectuadas por los servicios
oficiales con cargo a la firma interesada.