La venta o cesión de cualquier título de virus aftosos activos o
inactivados, así como de vacuna antiaftosa parcialmente elaborada, sólo
será permitida entre laboratorios habilitados, a cuyo efecto las firmas
interesadas deberán obtener autorización de la Dirección de Lucha contra
la Fiebre Aftosa, la cual determinará en cada caso, las condiciones que
rodearán la operación.