Decreto 648/006
Apruébanse los cuadros tarifarios a regir a partir del 1º de enero de 2007 por los servicios suministrados por la empresa Gasoducto Cruz del Sur S.A. para transporte firme e interrumpible de gas.
(34*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 27 de Diciembre de 2006
VISTO: la solicitud de Gasoducto Cruz del Sur S.A., tendiente a aprobar los cuadros tarifarios para transporte firme e interrumpible de gas, a partir del 1º de enero de 2007;
RESULTANDO: que conforme a lo establecido en el Anexo "C 3" del contrato de concesión celebrado el día 22 de marzo de 1999 entre el Estado y la empresa, dichos ajustes son determinados en base a la variación ocurrida en el valor del Indice de Precios del Productor (IPP) publicado periódicamente por la Oficina de Estadísticas del Trabajo de los Estados Unidos de América (valor noviembre de 2006 = 156.5);
CONSIDERANDO: que las actualizaciones tarifarias fueron analizadas por la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Art. 51 de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Apruébanse los cuadros tarifarios a regir a partir del 1º de enero de 2007 por los servicios suministrados por la empresa Gasoducto Cruz del Sur S.A., para transporte firme e interrumpible de gas, los cuales forman parte del presente decreto.
Comuníquese, publíquese, etc.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; JORGE LEPRA.
GASODUCTO CRUZ DEL SUR
CUADRO DE TARIFAS MAXIMAS DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL
- SIN IMPUESTOS (US$)
Vigencia: 1-ene-07
TRANSPORTE INTERRUMPIBLE (TI)
Punto de Punto de Cargo por Cargo por gas
recepción entrega unidad de gas retenido (1)%
(US$/m3)
Punta Lara (Arg) (2) 0,007826 1,5
(1) Porcentaje estimado del gas utilizado exclusivamente para
compensación de pérdidas en la línea sobre el total inyectado en
cabecera de gasoducto
Volumen de gas en cabecera de gasoducto = (Volumen nominado en Pto. de
Entrega) / (1 -(% gas retenido)/100)
(2) Cualquier punto de entrega del sistema GCDS
(3) Metros cúbicos: el volumen de gas natural que ocupa un metro cúbico
cuando el gas se encuentra a una temperatura de 15ºC y una presión
absoluta de 101,325 kPa, referido a 9300 Kcal/m3 de poder calorífico
superior.
GASODUCTO CRUZ DEL SUR
CUADRO DE TARIFAS MAXIMAS DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL- SIN IMPUESTOS
(US$)
Vigencia: 1-ene-07
TRANSPORTE FIRME (TF)
Punto de Punto de Cargo por reserva Cargo por Cargo por gas
recepción entrega de capacidad unidad de gas retenido
(US$/m3) (US$/m3) (1)%
Punta Lara (2) 0,006806 0.001021 1,5
(Arg)
(1) Porcentaje estimado del gas utilizado exclusivamente para
compensación de pérdidas en la línea sobre el total inyectado en
cabecera de gasoducto
Volumen de gas en cabecera de gasoducto = (Volumen nominado en Pto.
de Entrega) / (1 -(% gas retenido)/100)
(2) Cualquier punto de entrega del sistema GCDS
(3) Metros cúbicos: el volumen de gas natural que ocupa un metro cúbico
cuando el gas se encuentra a una temperatura de 15ºC y una presión
absoluta de 101,325 kPa, referido a 9300 Kcal/m3 de poder calorífico
superior.