Fecha de Publicación: 24/12/1980
Página: 1078-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 5

   A los efectos de las licitaciones internacionales a que alude la presente Reglamentación, el precio de comparación de los productos de origen extranjero frente a los de origen nacional, como asimismo los márgenes de preferencia, se regirán por las normas acordadas en los respectivos contratos de Préstamo.
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