Fecha de Publicación: 15/12/1978
Página: 727-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 2

  Los funcionarios que tuvieren personal bajo su supervisión directa, 
producirán anualmente un informe sobre la actuación de cada uno de los 
funcionarios de su dependencia, al 31 de diciembre de cada año.
Ayuda