MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.
Pagos a cuenta. Los sujetos pasivos del tributo deberán efectuar 3 (tres) adelantos a cuenta del impuesto en el transcurso de cada ejercicio. El monto de cada adelanto ascenderá al 40%, 30% y 20% respectivamente del impuesto que debió liquidarse por el ejercicio anterior.Ayuda