Fecha de Publicación: 22/11/1979
Página: 477-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.

Artículo 9

              Monto imponible. El monto imponible estará constituido por
la suma de los ingresos gravados de que sean titulares los sujetos pasivos
y las cuotas partes que les corresponda en el ingreso gravado de
sociedades personales, condominios y sociedades por acciones nominativas.
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