Cada cámara de almacenamiento deberá estar equipada con un termómetro
preciso u otro instrumento para medir y registrar la temperatura,
colocado de tal forma que indique la temperatura promedio representativa del aire de la cámara.
Las temperaturas en las cámaras de almacenamiento deberán ser leídas,
registradas y fechadas por lo menos cada 2 horas, y deberá guardarse un
registro de dichas temperaturas por un período de por lo menos 12 meses.