Todas las autoclaves de vapor deberán disponer de un termómetro de
mercurio de precisión, de un manómetro y de un registrador de tiempos y
temperaturas. En la sala de las autoclaves deberá instalarse un reloj de
precisión, en un lugar bien visible. Las temperaturas de las autoclaves
deberán determinarse siempre a partir de los termómetros de mercurio,
nunca a partir del registrador de temperatura o del manómetro.