Fecha de Publicación: 22/11/1979
Página: 486-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 665/979

Se establecen normas de liquidación del Impuesto a los Ingresos de las Compañías de Seguros.

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                     Montevideo, 19 de noviembre de 1979.

Visto: el Impuesto a los Ingresos de las Compañías de Seguros a que se
refiere el Título 5 del Texto Ordenado-1979.

Considerando: que es necesario establecer normas de liquidación del citado
impuesto,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

              Contribuyentes. Son contribuyentes de este impuesto las
compañías de seguros, sus sucursales o agencias que expidan pólizas a
favor de personas residentes en el país y las que acuerden seguros en
territorio nacional.

 El Banco de Seguros del Estado es contribuyente por las pólizas de
seguros de incendio que emita.

MENDEZ.- ERNESTO ROSSO.
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