Fecha de Publicación: 22/11/1979
Página: 487-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.

Artículo 16

               Contratistas de exploración o explotación de hidrocarburos.
La exoneración establecida por la ley 14.181 de 27 de marzo de 1974 sólo
comprende a las operaciones realizadas por los sujetos pasivos del
impuesto del Título 3 del Texto Ordenado - 1979 por las actividades a que
se refiere la mencionada ley. En consecuencia, no están comprendidas en la
exoneración las demás actividades que puedan realizar, aún cuando
trasladen el impuesto a la Administración Nacional de Combustibles,
Alcohol y Portland o a las empresas contratistas.
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