Fecha de Publicación: 22/11/1979
Página: 487-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.

Artículo 27

               Obra de Salto Grande. En todos los casos, la Comisión
Técnica Mixta deberá proporcionar el correspondiente certificado de
recepción en obra, que justifique que el bien o servicio considerado
exportación cumple con las condicionantes establecidas en este decreto.
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