Obra de Palmar. Acuérdase el tratamiento de exportadores, a
efectos de la liquidación de este impuesto, al contratista y
subcontratistas que con la autorización de COMPAL subroguen a éste, por
las obras y suministros para la construcción y puesta en funcionamiento de
las obras del aprovechamiento hidroeléctrico del Río Negro en Paso Palmar,
que tengan aplicación directa a dichas obras.
Se entenderá por aplicación directa a las obras los suministros de bienes
y servicios a la estructura de la obra, campamento y obrador y a la
construcción y tendido de las subestaciones y líneas de trasmisión.