MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.
Defraudación. Los que teniendo la obligación de hacerlo, no documenten sus operaciones o lo hagan en violación o sin cumplir con las formalidades dispuestas en el presente decreto, incurrirán en defraudación y serán sancionados de acuerdo a las normas aplicables.Ayuda