Fecha de Publicación: 22/11/1979
Página: 487-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.

Artículo 51

               Anexos a la declaración jurada. Los contribuyentes que
realicen importaciones de las mencionadas en los incisos A) y B) del
artículo 4º del Título 6, deberán detallar los conceptos componentes del
monto imponible de dichas operaciones en un anexo que adjuntarán a la
declaración jurada a que se refiere el artículo anterior.
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