Fecha de Publicación: 22/11/1979
Página: 492-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.
Decreto 667/979

Se reglamentan disposiciones para la liquidación del Impuesto Específico Interno (IMESI).

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                     Montevideo, 19 de noviembre de 1979.

Visto: lo dispuesto por el Título VII del Texto Ordenado - 1979, que crea
el Impuesto Específico Interno (IMESI).

Considerando: la necesidad de reglamentar dichas disposiciones,
estructurando un texto orgánico para la liquidación del tributo,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

              Contribuyentes. Son contribuyentes del impuesto los
fabricantes y los importadores que realicen la primera enajenación a
cualquier título de los bienes gravados, así como los importadores que no
estuvieran comprendidos en el Impuesto a las Rentas de Industria y
Comercio.

MENDEZ.- ERNESTO ROSSO.
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