MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 22/01/1980.
Monto imponible del impuesto. El impuesto correspondiente a la enajenación de los bienes mencionados en los numerales 2, 3 y 8 del artículo 1º será liquidado por los sujetos pasivos sobre su precio de venta, con exclusión del Impuesto al Valor Agregado.Ayuda