Decreto 670/986
Se amplía el plazo establecido para que las empresas de transporte automotor de pasajeros presenten las solicitudes de importación de
ómnibus carrozados y chasis de ómnibus.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 15 de octubre de 1986.
Visto: el decreto 327/986 de 25 de junio de 1986.
Resultando: I) Que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
1º, 2º y 7º del citado decreto las empresas transportistas presentaron
el preventivo de solicitud de certificados de necesidad para importación
de vehículos correspondiente al ejercicio 1986;
II) Que analizada la situación de las diferentes empresas y la viabilidad de importación emergente de los acuerdos comerciales con
países fabricantes de vehículos, surgió la necesidad de efectuar ajustes en la tipificación de los certificados de necesidad y en la distribución de los cupos a importar, así como en el plan de renovación de las flotas
y el destino final de los vehículos a sustituir, todo lo cual implica que se deban efectuar consultas complementarias a las empresas interesadas.
Considerando: la necesidad de ampliar el plazo previsto en el decreto
1.010/975 de 29 de diciembre de 1975, para consolidar la propuesta de
unidades a importar con vistas a la modernización del parque de vehículos
de transporte,
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
Amplíase para el corriente ejercicio el plazo establecido en el artículo 1º del decreto 1.010/975 de 29 de diciembre de 1975, que se extenderá hasta el 15 de noviembre de 1986, para que las empresas de transporte automotor de pasajeros presenten las solicitudes de
importación de ómnibus carrozados y chasis de ómnibus (plataformas autoportantes y conjuntos mecánicos de ómnibus urbanos y suburbanos).
SANGUINETTI.- JORGE SANGUINETTI.- ENRIQUE V. IGLESIAS.- LUIS MOSCA.