Quienes elaboren este tipo de vino llevarán un libro especial de
Contabilidad de Bodega, denominado "Libro de Contabilidad para Vinos
Frutados y Sangrías", para el control de las operaciones que realicen.
Dicho libro será proporcionado por la Dirección de Contralor Legal del
Ministerio de Agricultura y Pesca y será llevado rigurosamente al día;
su cierre será mensual y deberá exhibirse toda vez que así lo requieran
los funcionarios actuantes.