Fecha de Publicación: 09/03/2001
Página: 1722-C
Carilla: 72

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 Créditos no comprendidos.- No estarán comprendidos los créditos 
provenientes de operaciones hipotecarias con destino a vivienda, 
concedidos antes de la vigencia de la Ley que se reglamenta.-
Tampoco estarán comprendidos los créditos derivados de colocaciones 
realizadas por un sujeto pasivo de este impuesto en otro sujeto pasivo de 
este impuesto.-
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