Fecha de Publicación: 04/11/1976
Página: 219-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 2

En los programas de producción a presentar ante la Comisión de la
Industria Automotriz, para los años 1980 y siguientes podrán figurar para
las categorías C, D1, D2 y E, solamente los diez (10) modelos más venidos
al público, al fin del período 1977/79.
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