Fecha de Publicación: 04/02/1992
Página: 146-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 720/991

Autorízase a ANTEL, para asociarse con capitales privados a fin de 
prestar servicios de telecomunicaciones.

Ministerio del Interior.
 Ministerio de Relaciones Exteriores.
  Ministerio de Economía y Finanzas.
   Ministerio de Defensa Nacional.
    Ministerio de Educación y Cultura. 
     Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
      Ministerio de Industria, Energía y Minería.
       Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
        Ministerio de Salud Pública.
         Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
          Ministerio de Turismo.
           Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio 
            Ambiente.

                                   Montevideo, 30 de diciembre de 1991.

   Visto: lo dispuesto por la ley 16.211, de 1º de octubre de 1991.

   Atento: a lo dictaminado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
y a lo preceptuado por el artículo 168 numeral 4 de la Constitución de la
República.

   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                              DECRETA:

                              SECCION I

                   De la Sociedad de Economía Mixta

                              TITULO I

              Asociación de ANTEL con Capitales Privados

Artículo 1

   (Autorización).- Autorízase a ANTEL para asociarse con capitales
privados a fin de prestar servicios de telecomunicaciones a través de la
participación en sociedades anónimas por acciones nominativas, cuya
dirección y capital integrará.
   A tales efectos ANTEL llamará a licitación pública internacional, que
comprenderá una etapa de precalificación y una etapa de selección entre
los calificados a fin de proceder a la adjudicación.

                              TITULO II

                 De la precalificación de los interesados

                              CAPITULO I

                             Convocatoria



LACALLE HERRERA.- JUAN ANDRES RAMIREZ.- HECTOR GROS ESPIELL.- ENRIQUE 
BRAGA SILVA.- MARIANO R. BRITO.- GUILLERMO GARCIA COSTA.- WILSON ELSO 
GOÑI.- AUGUSTO MONTESDEOCA.- ENRIQUE ALVARO CARBONE.- JULIO CESAR 
LEIVAS.- PEDRO SARAVIA.- JOSE VILLAR GOMEZ.- RAUL LAGO. 

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