(Elaboración y aprobación).- ANTEL elaborará, de acuerdo con las
normas vigentes, el pliego de bases y condiciones que regirá los procedimientos y las obligaciones de las partes debiendo incluir las condiciones que se fijan en el presente decreto, sin perjuicio de las que
ANTEL entienda necesarias o convenientes.
Dicho pliego estará sujeto a la aprobación del Poder Ejecutivo.