Fecha de Publicación: 09/10/1975
Página: 65-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 2

La información se proporcionará exclusivamente a los propietarios o
titulares de explotaciones agropecuarias, quienes deberán proporcionar la
siguiente documentación: a) Cédula de identidad y credencial cívica; y b)
planilla de Contribución Inmobiliaria o declaración 1975 de DINACOSE.

 Cuando se trate de arrendatarios, la planilla de Contribución
Inmobiliaria será sustituida por la certificación de inscripción del
contrato de arrendamiento.

 En caso de apoderados, deberá presentarse carta-poder del propietario o
titular de la explotación.
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