Fecha de Publicación: 11/11/1988
Página: 284-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA 

Decreto 737/988

Se establecen las tarifas correspondientes a los servicios de Trasilado 
de Granos que cumplan las plantas de silos pertenecientes a la Dirección 
Granos (DIGRA).

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. 

                                  Montevideo, 25 de octubre de 1988.

   Visto: la gestión promovida por la Dirección Granos (DIGRA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a los fines que se indicarán.
 
   Resultando: I) Por decreto 419/988, de 15 de junio de 1988, se fijaron tarifas de prestación de servicios que se cumplen en las plantas de silos propiedad del Estado y administradas en forma directa por la Dirección Granos (DIGRA);

   II) En la gestión de referencia, dicha Dirección manifiesta que en el decreto 419/988 se omitió establecer las tarifas correspondientes a los servicios de Trasilado de Granos que se brindan en las plantas de silos de referencia.

   Considerando: necesario salvar dicha omisión estableciéndose las tarifas correspondientes a los mencionados servicios. 

   Atento: a lo informado por la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y a lo preceptuado por la ley  14.867, de 14 de enero de 1979, decreto 472/976 de 27 de julio de 1976 y la Ley de Contabilidad y Administración Financiera (Capítulo IX de la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987), 

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   La prestación del Servicio de Trasilado de Granos que cumplan las plantas de silos pertenecientes a la Dirección Granos (DIGRA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, estará sujeta al pago de las siguientes tarifas:

 Planta de Silos San Javier: N$ 43,00 la tonelada. 
 Planta de Silos Fray Bentos: N$ 141,00 la tonelada. 
 Planta de Silos Paysandú: N$ 142,00 la tonelada. 
 Planta de Silos San José: N$ 82,00 la tonelada. 
 Planta de Silos Nueva Palmira: N$ 265,00 la tonelada. 

SANGUINETTI.- PEDRO BONINO GARMENDIA.
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