Fecha de Publicación: 08/04/1991
Página: 71-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 737/990

Establece tasas del tributo denominado Impuesto a los Activos Bancarios

Ministerio de Economía y Finanzas.
 
                                    Montevideo, 30 de diciembre de 1990.

   Visto: el artículo 635 de la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990.

   Resultando: que en dicha disposición se introducen modificaciones en 
las tasas máximas del Impuesto a los Activos Bancarios y en la clasificación de los hechos generadores a los que le son aplicables las mismas.

   Considerando: que es facultad del Poder Ejecutivo establecer
las tasas del referido tributo dentro de los nuevos límites fijados.

   Atento: a lo dispuesto por el artículo 168 ordinal 4º de la Constitución;

   El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

   Derógase el literal b) del artículo 4° del decreto 791/987 de 30 de
diciembre de 1987. 

LACALLE HERRERA. - ENRIQUE BRAGA SILVA.
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