Fecha de Publicación: 15/01/1979
Página: 151-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 17/01/1979, 07/03/1979, 08/08/1979.
Decreto 754/978

Se aprueba la modificación presupuestal propuesta por la Intenencia municipal de Montevideo (Intendencia Municipal y junta de Vecinos), para el ejercicio 1979.

"MES DEL XXX ANIVERSARIO DE LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS
HUMANOS"

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                   Montevideo, 29 de diciembre de 1978.

   Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Montevideo
(Intendencia y Junta de Vecinos) por la cual propone al Poder Ejecutivo
modificación presupuestal para el ejercicio 1979.

   Resultando: que esta ampliación presupuestal para el año 1979, cuenta
con la aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y el acuerdo del Tribunal de Cuentas de la República de fecha 21
de diciembre de 1978.

   Considerando: I) Que de no recaudarse los recursos previstos, deberán
abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal;

   II) Lo dispuesto por el artículo 5º, literal c) del acto institucional
3 del 1º de setiembre de 1976.

   Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación
y Difusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas de la República,
 
   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la Intendencia
Municipal de Montevideo (Intendencia y Junta de Vecinos) cuyos montos
quedan fijados en N$ 363:513.550.00 (trescientos sesenta y tres millones
quinientos trece mil quinientos cincuenta nuevos pesos). Los mismos
presentarán la siguiente composición:

                    Egresos: (en miles de nuevos pesos)

                                             Vigente        Proyect. 1979
                                             -------        -------------

Retrib. Pers. y Benefic. y Cargas Sociales   150.197             174.574
Gastos de Funcionamiento..................    69.649              89.115
Inversiones y financiamiento..............    73.047              95.198
Junta de Vecinos..........................     4.137               4.627
                                             -------        ------------
                                             297.030             363.514

Superávit.................................       267                  32
                                             -------        ------------
                                             297.297             363.546

Vigente...................................                       297.297

Aumentos de ingresos en 1979:

Vehiculares...............................    11.576
Territoriales.............................     9.945
Domiciliarios.............................    20.504
Comerciales...............................     3.577
Varios servicios..........................    19.801
Administración de la propiedad municipal..       846              66.249
                                             -------        ------------

Proyectado 1979...........................                       363.546
                                                            ------------

Artículo 2

   Que de acuerdo a lo dispuesto por el inciso C) del artículo 5º del
decreto constitucional 3/970, rigen para el personal municipal las mismas
normas sobre Incompatibilidades, Compensaciones, Contrataciones y
Acumulaciones de sueldos vigentes en lo nacional.

Artículo 3

   Los recargos por mora en el pago de tributos, así como la multa con que
se sanciona la misma no superarán los límites dispuesto por el Código
Tributario.

Artículo 4

   En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos,
deberán abatirse gastos en forma proporcionada a efectos de mantener el
equilibrio presupuestal.

Artículo 5

   La Intendencia Municipal de Montevideo remitirá al Tribunal de Cuentas
de la República, la apertura presupuestal a nivel de Renglón de los Rubros
0 y el detalle del presupuesto de la Junta de Vecinos, así como la
información sobre los resultados de la desmunicipalización de AMDET en su
incidencia presupuestal.

Artículo 6

   Permanecen en vigencia las disposiciones sobre la materia presupuestal
que no hayan sido expresamente modificadas por la presente.

Artículo 7

   Comuníquese, publíquese, etc.

    

                PROPUESTA AL PODER EJECUTIVO DE ADECUACION
                  DE NORMAS PRESUPUESTALES DEL MUNICIPIO
                             DE MONTEVIDEO

ARTICULO 1º. Fijar a partir del 1º de enero de 1979 en los siguientes
importes anuales, las distintas partidas correspondientes a los subrubros
de los Programas del Presupuesto General Municipal vigente que se atienden
con cargo a Rentas Generales, tanto para gastos de Servicios Personales
como de Servicios No Personales e Inversiones.


                    SECTOR 010 - DIRECCION SUPERIOR GENERAL

                 PROGRAMA 011 - ADMINISTRACION CENTRAL GENERAL

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  1:370.342        -.-       -.-     1:370.342
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......    148.685       3.092      -.-       151.777
03   Sueldos progresivos....     22.162        -.-       -.-        22.162
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............    864.033        -.-       -.-       864.033
08   Compensaciones y
     complementos varios....     18.163        -.-       -.-        18.163
09   Retribuciones varias...     12.733        -.-       -.-        12.733
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    440.987         556      -.-       593.320
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    230.315      10.702      -.-       241.017
                              ---------      ------    ------    ---------
                              3:107.420      14.350      -.-     3:121.770



                    SECTOR 010 - DIRECCION SUPERIOR GENERAL

                 PROGRAMA 011 - ADMINISTRACION CENTRAL GENERAL

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

12   Publicidad, impresiones
     encuadernaciones.......  1:311.040     202.208      -.-     1:573.248
13   Locomoción y viáticos..     24.500       4.900      -.-        29.400
14   Transporte.............     18.000       3.600      -.-        21.600
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...     19.593       3.919      -.-        23.512
23   Textiles y vestuarios..     28.044       5.609      -.-        33.653
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......     36.769       7.354      -.-        44.123
26   Productos químicos y
     anexos.................      8.040       1.608      -.-         9.648
28   Productos metálicos....      6.000       1.200      -.-         7.200
29   Utiles y productos
     varios.................     14.535       2.907      -.-        17.442
32   Equipos de oficina.....      6.000       1.200      -.-         7.200
34   Equipos educacionales,
     culturales y
     recreativos............      1.000         200      -.-         1.200
38   Repuestos de maquinarias
     y equipos..............     22.950       4.500      -.-        27.540
91   Asignaciones varias....    711.368     142.274      -.-       853.642
92   Partidas para refuerzos
     de otros rubros........     20.000       4.000      -.-        24.000
                              ---------     -------    ------    ---------
                              2.227.839     445.569      -.-     2:673.408

(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.



                 PROGRAMA 012 - INSTITUTO DE ESTUDIOS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........    104.901        -.-       -.-       104.901
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......    170.000        -.-       -.-       170.000
03   Sueldos progresivos....         80        -.-       -.-            80
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............     40.513        -.-       -.-        40.513
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........     57.832        -.-       -.-        57.382
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............      2.463        -.-        999        1.464
                              ---------      ------    ------    ---------
                                375.789        -.-        999      374.790


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 012 - INSTITUTO DE ESTUDIOS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

12   Publicidad, impresiones
     encuadernaciones......      13.200      11.800      -.-        25.000
13   Locomoción y viáticos..      8.400      51.600      -.-        60.000
18   Otros servicios
     contratados............     12.600       7.400      -.-        20.000
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......     11.417       .5834      -.-        15.000
29   Utiles y productos
     varios.................      1.991       1.009      -.-         3.000
82   Equipos de oficina.....     10.072      13.928      -.-        24.000
91   Asignaciones varias....     14.383       5.617      -.-        20.000
                              ---------      ------    ------    ---------
                                 72.063      94.937      -.-       167.000



                    SECTOR 020 - HACIENDA MUNICIPAL

                 PROGRAMA 021 - ADMINISTRACION CENTRAL  DE HACIENDA

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  1:968.732        -.-       -.-     1:968.732
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......  1:181.662   1:478.743      -.-     2:660.405
03   Sueldos progresivos....     24.000        -.-       -.-        24.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  1:494.943        -.-       -.-     1:494.943
08   Compensaciones y
     complementos varios....       -.-         -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      3.473        -.-       -.-         3.473
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    873.861     266.173      -.-     1:140.034
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    267.908     108.071      -.-       375.979
                              ---------   ---------    ------    ---------
                              5:814.579   1:852.987      -.-     7:667.566


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                    SECTOR 020 - HACIENDA MUNICIPAL

                 PROGRAMA 021 - ADMINISTRACION CENTRAL  DE HACIENDA


                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

12   Publicidad, impresiones
     encuadernaciones......       3.000         600      -.-         3.600
15   Arrendamientos.........    178.826      35.765      -.-       214.591
16   Intereses, comisiones
     y primas de seguros....     60.000      12.000                 72.000
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...    136.253      27.251      -.-       163.504
23   Textiles y vestuarios..     17.350       3.470      -.-        20.820
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......    582.742     116.548      -.-       699.290
29   Utiles y productos
     varios.................     41.268       8.254      -.-        49.522
36   Equipos para
     comunicaciones.........       -.-         -.-       -.-          -.-
38   Repuestos de maquinarias
     y equipos..............       -.-         -.-       -.-          -.-
71   Transferencias
     corrientes al sector
     público................       -.-         -.-       -.-          -.-
72   Transferencias
     corrientes al sector
     privado................     12.000       2.400      -.-        14.400
81   Autorización deuda
     interna................     10.000       2.000      -.-        12.000
91   Asignaciones varias....    166.605     199.926      -.-       366.531
92   Partidas para refuerzos
     de otros rubros........     55.572      11.114      -.-        66.686
                              ---------     -------    ------    ---------
                              1:263.616     419.328      -.-     1:682.944



                 PROGRAMA 022 - INGRESOS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  6:314.333        -.-       -.-     6:314.333
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......     41.065       1.178      -.-        42.243
03   Sueldos progresivos....     86.000        -.-       -.-        86.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  6:665.222        -.-       -.-     6:665.222
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........  2:462.889        212       -.-     2:463.101
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    720.138     101.328      -.-       821.466
                              ---------     -------    ------   ----------
                                375.789     102.718      -.-    16:392.365


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 022 - INGRESOS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

12   Publicidad, impresiones
     encuadernaciones......      12.238       2.448      -.-        14.686
15   Arrendamientos.........     53.000      10.600      -.-        63.600
16   Intereses, comisiones
     y primas de seguros....     1.4000         280                  1.680
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...     29.925       5.985      -.-        35.910
18   Otros servicios
     contratados............     88.120      17.624      -.-       105.744
23   Textiles y vestuarios..     15.090       3.018      -.-        18.108
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......    113.951      22.790      -.-       136.741
29   Utiles y productos
     varios.................     57.804      11.561      -.-        69.365
91   Asignaciones varias....     26.932       5.386      -.-        32.318
92   Partidas para refuerzos
     de otros rubros........     20.736       4.147      -.-        24.883
                              ---------      ------    ------    ---------
                                419.196      83.839      -.-       503.035



                 PROGRAMA 023 - EGRESOS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........    109.742        -.-       -.-       109.742
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......       -.-         -.-       -.-          -.-
03   Sueldos progresivos....      1.300        -.-       -.-         1.300
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............     48.985        -.-       -.-        48.985
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........     29.100        -.-       -.-       29.100
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............     10.824        -.-      4.779        6.045
                              ---------      ------    ------    ---------
                                199.951        -.-      4.779      195.172


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 023 - EGRESOS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...      3.000         600      -.-         3.600
18   Otros servicios
     contratados............     28.342       5.668      -.-        34.010
23   Textiles y vestuarios..       -.-         -.-       -.-          -.-
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......      3.600         720      -.-         4.320
29   Utiles y productos
     varios.................      4.600         920      -.-         5.520
91   Asignaciones varias....      2.355         471      -.-         2.826
92   Partidas para refuerzos
     de otros rubros........      2.077         415      -.-         2.492
                              ---------      ------    ------    ---------
                                 43.974       8.794      -.-        52.768


                 PROGRAMA 024 - SERVICIOS DE HACIENDA

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........    969.553        -.-       -.-       969.553
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......      9.005         200      -.-         9.205
03   Sueldos progresivos....     14.000        -.-       -.-        14.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............    777.819        -.-       -.-       777.819
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    314.686          36      -.-       314.722
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    119.973      47.001      -.-       166.974
                              ---------      ------    ------    ---------
                              2:205.036      47.237      -.-     2:252.273


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 024 - SERVICIOS DE HACIENDA

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios Públicos.....      9.400       1.880      -.-        11.280
15   Arrendamientos.........     45.000       9.000      -.-        54.000
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...      5.200       1.040      -.-         6.240
18   Otros servicios
     contratados............     53.260      10.652      -.-        63.912
23   Textiles y vestuarios..      1.600         320      -.-         1.920
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......      4.938         988      -.-         5.926
29   Utiles y productos
     varios.................      8.073       1.615      -.-         9.688
91   Asignaciones varias....     34.910       6.982      -.-        41.892
92   Partidas para refuerzos
     de otros rubros........      6.624       1.325      -.-         7.949
                              ---------      ------    ------    ---------
                                169.005      33.802      -.-       202.807

                    SECTOR 030 - ADMINISTRACION GENERAL

                 PROGRAMA 031 - CONDUCCION CENTRAL DE ADMINISTRACION

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........    659.432        -.-       -.-       659.432
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......     30.740        -.-      7.184       23.556
03   Sueldos progresivos....     4.4000        -.-       -.-         4.400
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............    408.568        -.-       -.-       408.568
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      3.473        -.-       -.-         3.473
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    193.148        -.-      1.293      109.441
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............     10.831       2.590      -.-        13.421
                              ---------      ------    ------    ---------
                              1:310.592       2.590     8.477    1:304.705


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 031 - CONDUCCION CENTRAL DE ADMINISTRACION (1)

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  6:634.788        -.-       -.-     6:634.788
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......       -.-         -.-       -.-          -.-
03   Sueldos progresivos....    424.500        -.-       -.-       424.500
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  3:187.066        -.-       -.-     3:187.066
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........  1:522.977        -.-       -.-     1:522.977
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............  1:257.204        -.-    650.255      606.949
                             ----------      ------   -------   ----------
                             13:026.535        -.-    650.255   12:376.280


(1)  Corresponde a ex funcionarios de AMDET

(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 031 - CONDUCCION CENTRAL DE ADMINISTRACION (2)

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  1:795.249        -.-       -.-     1:795.249
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......       -.-         -.-       -.-          -.-
03   Sueldos progresivos....     10.336        -.-       -.-        10.336
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  2:261.356        -.-       -.-     2:261.356
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    709.300        -.-       -.-       709.300
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    356.774      35.077      -.-       391.851
                              ---------      ------    ------    ---------
                              5:133.015      35.077      -.-     5:168.092


(2)  Corresponde a planilla 7 A ex funcionarios de la Junta de Vecinos.

(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 030 - ADMINISTRACION CENTRAL

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios Públicos.....      1.520         304      -.-         1.824
23   Textiles y vestuarios..       -.-         -.-       -.-          -.-
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......     14.913       2.963      -.-        17.896
26   Productos químicos y
     anexos.................       -.-         -.-       -.-          -.-
29   Utiles y productos
     varios.................      6.392       1.278      -.-         7.670
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..      8.900       1.780      -.-        10.680
91   Asignaciones varias....     16.800       3.378      -.-        20.268
92   Partidas para refuerzos
     de otros rubros........       -.-         -.-       -.-          -.-
                              ---------      ------    ------    ---------
                                 48.615       9.723      -.-        58.338



                 PROGRAMA 032 - ADMINISTRATIVOS Y SUMINISTROS

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  5:391.538        -.-       -.-     5:391.538
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......    793.455        -.-     13.453      780.002
03   Sueldos progresivos....     76.000        -.-       -.-        76.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  2:134.171        -.-       -.-     2:134.171
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........  1:567.700        -.-      2.421    1:565.279
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    762.773     286.761      -.-     1:049.534
                             ----------     -------    ------   ----------
                             10:725.637     286.761    15.874   10:996.524


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 032 - ADMINISTRATIVOS Y SUMINISTROS

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios Públicos.....  1:620.600     324.120      -.-     1:944.720
12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....     12.540       2.508      -.-        15.048
13   Locomoción y viáticos..     32.850       6.570      -.-        39.420
15   Arrendamientos.........  1:434.235     286.847      -.-     1:721.082
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...     21.988       4.398      -.-        26.386
18   Otros servicios
     contratados............    119.467      23.893      -.-       143.360
21   Alimentos y productos
     agropecuarios y
     forestales.............     10.000       2.000      -.-        12.000
23   Textiles y vestuarios..    171.353      34.271      -.-       205.624
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......    164.657      32.931      -.-       197.588
25   Productos de cuero y
     caucho.................     46.360       9.272      -.-        55.632
26   Productos químicos y
     anexos.................    713.126     142.625      -.-       855.751
28   Productos metálicos....      2.491         498      -.-         2.989
29   Utiles y productos
     varios.................     41.065       8.213      -.-        49.278
32   Equipos de oficina.....       -.-         -.-       -.-          -.-
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..    539.750     107.950      -.-       647.700
91   Asignaciones varias....    272.193      54.439      -.-       326.632
92   Partidas para refuerzos
     de otros rubros........    500.000     100.000      -.-       600.000
                              ---------   ---------    ------    ---------
                              5:702.675   1:140.535      -.-     6:843.210


                    SECTOR 040 - OBRAS Y SERVICIOS

                 PROGRAMA 041 - ADMINISTRACION CENTRAL DE OBRAS Y
                                SERVICIOS

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........    650.163        -.-       -.-       650.163
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales.....     145.553       4.930      -.-       150.483
03   Sueldos progresivos....      4.500        -.-       -.-         4.500
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............    355.891        -.-       -.-       355.891
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      3.473        -.-       -.-         3.473
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    181.041         887      -.-       181.928
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............     17.227      64.116      -.-        81.343
                              ---------      ------    ------    ---------
                              1:357.848      69.933      -.-     1:427.781


                 SECTOR 040 - OBRAS Y SERVICIOS

               PROGRAMA 041 - ADMINISTRACION CENTRAL DE OBRAS Y
                              SERVICIOS

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....      2.000         400      -.-         2.400
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...      2.000         400      -.-         2.400
23   Textiles y vestuarios..      1.500         300      -.-         1.800
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......      4.500         900      -.-         5.400
25   Productos de cuero y
     caucho.................      3.000         600      -.-         3.600
26   Productos químicos y
     anexos.................      5.000       1.000      -.-         6.000
29   Utiles y productos
     varios.................      6.500       1.300      -.-         7.800
32   Equipos de oficina.....      6.000       1.200      -.-         7.200
91   Asignaciones varias....     28.000       5.600      -.-        33.600
                              ---------      ------    ------    ---------
                                 58.500      11.700      -.-        70.200


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 042 - OBRAS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  7:054.026        -.-       -.-     7:054.026
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales.....   1:756.651      17.098      -.-     1:773.749
03   Sueldos progresivos....    108.800        -.-       -.-       108.800
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  3:427.188        -.-       -.-     3:427.188
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........  2:255.294       3.078      -.-     2:258.372
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............  1:211.082     280.378      -.-     1:491.460
                             ----------     -------    ------   ----------
                             15:813.041     300.554      -.-    16:113.595


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 042 - OBRAS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios Públicos.....      2.000         400      -.-         2.400
12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....      7.000       1.400      -.-         8.400
15   Arrendamientos.........    321.800      64.360      -.-       386.160
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...      9.000       1.800      -.-        10.800
18   Otros servicios
     contratados............       -.-         -.-       -.-          -.-
21   Alimentos y productos
     agropecuarios y
     forestales.............      2.500         500      -.-         3.000
22   Minerales (excepto
     hidrocarburos).........     12.000       2.400      -.-        14.400
23   Textiles y vestuarios..     39.800       7.960      -.-        47.760
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......     36.000       7.200      -.-        43.200
25   Productos de cuero y
     caucho.................     39.500       7.900      -.-        47.400
26   Productos químicos y
     anexos.................    147.500      29.500      -.-       177.000
27   Productos de minerales
     no metálicos...........     12.000       2.400      -.-        14.400
28   Productos metálicos....     20.000       4.000      -.-        24.000
29   Utiles y productos
     varios.................    109.500      21.900      -.-       131.400
32   Equipos de oficina.....     34.000       6.800      -.-        40.800
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..     43.500       8.700      -.-        52.200
91   Asignaciones varias....    245.220      49.044      -.-       294.264
                              ---------     -------    ------    ---------
                              1:081.320     216.264      -.-     1:297.584


                 PROGRAMA 043 - SERVICIOS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados......... 16:488.537        -.-       -.-    16:488.537
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales.....  10:510.623      67.605      -.-    10:578.228
03   Sueldos progresivos....    265.000        -.-       -.-       265.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  5:822.102        -.-       -.-     5:822.102
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........  6:229.266      12.168      -.-     6:241.434
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............  3:547.036     704.045      -.-     4:251.081
                             ----------     -------    ------   ----------
                             42:862.564     783.818      -.-    43:646.382


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                 PROGRAMA 043 - SERVICIOS MUNICIPALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios Públicos.....  9:619.800   1:923.960      -.-    11:543.760
12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....      2.000         400      -.-         2.400
15   Arrendamientos.........  3:547.000     709.400      -.-     4:256.400
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...  5:793.380   1:158.676      -.-     6:952.056
18   Otros servicios
     contratados............  2:448.000     489.600      -.-     2:937.600
21   Alimentos y productos
     agropecuarios y
     forestales.............    153.700      30.740      -.-       184.440
22   Minerales (excepto
     hidrocarburos).........  1:895.000     379.000      -.-     2:274.000
23   Textiles y vestuarios..    524.810     104.962      -.-       629.772
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......     48.500       9.700      -.-        58.200
25   Productos de cuero y
     caucho.................  1:648.425     329.685      -.-     1:978.110
26   Productos químicos y
     anexos.................  4:025.240     805.048      -.-     4:830.288
27   Productos de minerales
     no metálicos...........  1:417.500     283.500      -.-     1:701.000
28   Productos metálicos....    461.300      92.260      -.-       553.560
29   Utiles y productos
     varios.................     63.000      34.120      -.-       204.720
31   Maquinaria y equipos de
     producción nuevos......    170.000      12.600     -.-         75.600
32   Equipos de oficina.....     25.000       5.000      -.-        30.000
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..  1:327.500     265.500      -.-     1:593.000
52   Edificaciones..........       -.-         -.-       -.-          -.-
54   Instalaciones..........       -.-         -.-       -.-          -.-
91   Asignaciones varias....  6:060.902   4:175.042      -.-    10:235.944
                             ----------  ----------    ------   ----------
                             39:231.657  10:809.193      -.-    50:040.850



                    SECTOR 050 - PLANEAMIENTO URBANO Y CULTURAL

       PROGRAMA 051 - ADMINISTRACION CENTRAL DE PLANEAMIENTO URBANO
                      Y CULTURAL


                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  1:333.893        -.-       -.-     1:333.893
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales.....     208.835       6.597      -.-       215.432
03   Sueldos progresivos....     13.000        -.-       -.-        13.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............    675.975        -.-       -.-       675.675
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      3.473        -.-       -.-         3.473
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    410.123       1.187      -.-       411.310
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............     56.227      57.671      -.-       113.898
                             ----------     -------    ------   ----------
                              2:701.526      65.455      -.-     2:766.981


                    SECTOR 050 - PLANEAMIENTO URBANO Y CULTURAL

       PROGRAMA 051 - ADMINISTRACION CENTRAL DE PLANEAMIENTO URBANO
                      Y CULTURAL

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....     20.000       4.000      -.-        24.000
15   Arrendamientos.........    148.000      29.600      -.-       177.600
16   Intereses, comisiones
     y primas de seguros....      5.000       1.000      -.-         6.000
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...      3.000         600      -.-         3.600
18   Otros servicios
     contratados............     76.000      15.200      -.-        91.200
21   Alimentos y productos
     agropecuarios y
     forestales.............     13.000       2.600      -.-        15.600
23   Textiles y vestuarios..       -.-         -.-       -.-         -.-
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......     24.205       4.841      -.-        29.046
26   Productos químicos y
     anexos.................     26.000       5.200      -.-        31.200
27   Productos de minerales
     no metálicos...........      1.000         200      -.-         1.200
28   Productos metálicos....      5.000       1.000      -.-         6.000
29   Utiles y productos
     varios.................     21.048       4.210      -.-        25.258
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..      3.000         600      -.-         3.600
91   Asignaciones varias....     70.601      14.120      -.-        84.721
92   Partidas para
     refuerzos de otros
     rubros.................     27.000       5.400      -.-        32.400
                             ----------  ----------    ------   ----------
                                442.854      88.571      -.-       531.425


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


       PROGRAMA 052 - PROMOCION DE LA CULTURA


                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  3:880.268        -.-       -.-     3:880.268
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales.....   3:740.018      56.185      -.-     3:796.203
03   Sueldos progresivos....     74.000        -.-       -.-        74.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  2:139.841        -.-       -.-     2:139.841
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........  1:788.179      10.113      -.-     1:798.292
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    784.668     130.615      -.-       915.283
                             ----------     -------    ------   ----------
                             12:406.974     196.915      -.-    12:603.887


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


       PROGRAMA 052 - PROMOCION DE LA CULTURA

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

(1)  11 Servicios públicos..      -.-         -.-        -.-        -.-
(2)  11 Servicios públicos..    110.000      22.000      -.-       132.000
(1)  12 Publicidad, impresos
     y encuadernaciones.....     62.000      12.400      -.-        74.400
(2)  12 Publicidad, impresos
     y encuadernaciones......     36.750       7.350     -.-        44.100
(1)  13 Locomoción y
     viáticos...............     26.000       5.200      -.-        31.200
(2)  13 Locomoción y
     viáticos...............     62.000      12.400      -.-        74.400
(2)  14 Transporte..........      3.000         600      -.-         3.600
(1)  15 Arrendamientos......     62.000      12.400      -.-        74.400
(2)  15 Arrendamientos......     48.000       9.600      -.-        57.600
(1)  16 Intereses, comisiones
     y primas de seguro.....       -.-         -.-       -.-          -.-
(2)  16 Intereses, comisiones
     y primas de seguro.....     66.500      13.300      -.-        79.800
(1)  17 Servicio de
     mantenimiento y
     reparaciones
     contratados.............    57.000      11.400      -.-        68.400
(2)  17 Servicio de
     mantenimiento y
     reparaciones
     contratados.............   116.800      23.600      -.-       140.160
(1)  18 Otros servicios
     contratados............     94.000      18.800      -.-       112.800
(2)  18 Otros servicios
     contratados............     76.850      15.370      -.-        92.220
(1)  21 Alimentos y
     productos agropecuarios
     y forestales...........     23.000       4.600      -.-        27.600
(2)  21 Alimentos y
     productos agropecuarios
     y forestales...........    647.000     129.400      -.-       776.400
(1)  22 Minerales (excepto
     hidrocarburos).........      6.500       1.300      -.-         7.800
(1)  23 Textiles y
     vestuarios.............     52.000      10.400      -.-        62.400
(2)  23 Textiles y
     vestuarios.............    147.000      29.400      -.-       176.400
(1)  24 Productos de papel,
     cartón e impresos......    124.000      24.800      -.-       148.800
(2)  24 Productos de papel,
     cartón e impresos......     70.000      14.000      -.-        84.000
(1)  25 Productos de cuero y
     caucho.................     25.000       5.000      -.-        30.000
(1)  26 Productos químicos y
     anexos.................     45.000       9.000      -.-        54.000
(1)  27 Productos de
     minerales no metálicos.      5.000       1.000      -.-         6.000
(2)  27 Productos de
     minerales no metálicos.     30.000       6.000      -.-        36.000
(1)  28 Productos metálicos.     17.000       3.400      -.-        20.400
(2)  28 Productos metálicos.     52.150      10.430      -.-        62.580
(1)  29 Utiles y productos
     varios.................    111.000      22.200      -.-       132.200
(2)  29 Utiles y productos
     varios.................    228.000      45.600      -.-       273.600
(2)  31 Maquinarias y
     equipos de producción
     nuevos.................     14.000       2.800      -.-        16.800
(2)  32 Equipos de oficina..     64.200      12.840                 77.040
(2)  33 Equipo médico,
     sanitarios y
     odontológico...........     40.000       8.000      -.-        48.000
(2)  34 Equipos
     educacionales,
     culturales y recreativos    54.400      10.880      -.-        65.280
(2)  37 Equipos y planteles
     animales...............     60.000      12.000      -.-        72.000
(1)  38 Repuestos de
     maquinarias y equipos..      5.000       1.000      -.-         6.000
(2)  38 Repuestos de
     maquinarias y equipos..     12.700       2.540      -.-        15.240
(1)  72 Transferencias
     corrientes al sector
     privado................     30.000       6.000      -.-        36.000
(1)  91 Asignaciones varias.    201.320      40.264      -.-       241.584
(2)  91 Asignaciones varias.     18.000       3.600      -.-        21.600
(2)  92 Partidas para
     refuerzo de otros
     rubros.................    768.500   1:018.700      -.-     1:787.200
                             ----------  ----------    ------   ----------
                              3:761.770   1:617.354      -.-     5:379.124

(1)  -    Subrubros del Departamento de Planeamiento Urbano y Cultural.

(2)  -    Subrubros administrados por el Departamento de Hoteles, Casinos
          y Turismo.


       PROGRAMA 053 - ARQUITECTURA Y URBANISMO


                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados......... 15:153.580        -.-       -.-    15:153.580
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales.....   2:300.507      26.355      -.-     2:326.862
03   Sueldos progresivos....    219.000        -.-       -.-       219.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  6:569.509        -.-       -.-     6:569.509
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........  4:696.719       4.744      -.-     4:701.463
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............  2:185.062     504.591      -.-     2:686.653
                             ----------     -------    ------   ----------
                             31:121.377     535.690      -.-    31:657.067


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


       PROGRAMA 053 - ARQUITECTURA Y URBANISMO

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios públicos.....     -.-         -.-        -.-         -.-
12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....     52.750      10.550      -.-        63.300
13   Locomoción y viáticos..     70.000      14.000     -.-         84.000
14   Transporte.............        300          60     -.-            360
15   Arrendamientos.........  1:337.720     267.544      -.-     1:605.264
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...  2:926.540     585.308      -.-     3:511.848
18   Otros servicios
     contratados............    839.084     167.817      -.-     1:006.901
21   Alimentos y productos
     agropecuarios y
     forestales.............    124.800      24.960      -.-       149.760
22   Minerales (excepto
     hidrocarburos).........    187.000      37.400      -.-       224.400
23   Textiles y vestuarios..    320.900      64.180      -.-       385.080
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......    174.800      34.960      -.-       209.760
25   Productos de cuero y
     caucho.................    167.000      33.400      -.-       200.400
26   Productos químicos y
     anexos.................    609.988     121.998      -.-       731.986
27   Productos de minerales
     no metálicos...........    111.400      22.280      -.-       133.680
28   Productos metálicos....    281.800      56.360      -.-       338.160
29   Utiles y productos
     varios.................    166.200      33.240      -.-       199.440
37   Equipos y planteles
     animales...............     10.000       2.000      -.-       12.000
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..    241.000      48.200      -.-       289.200
53   Obras urbanísticas,
     hidráulicas y
     sanitarias.............      -.-         -.-        -.-          -.-
54   Instalaciones..........      -.-         -.-        -.-          -.-
83   Préstamos y anticipos..  3:100.000     620.000      -.-     3:720.000
91   Asignaciones varias....    466.713     560.056      -.-     1.026.769
92   Partidas para
     refuerzos de otros
     rubros.................    135.000      27.000      -.-       162.000
                             ----------  ----------    ------   ----------
                             11:322.995   2:731.313      -.-    14:054.308


               SECTOR 060 - HIGIENE Y ASISTENCIA SOCIAL

       PROGRAMA 061 - ADMINISTRACION CENTRAL DE HIGIENE


                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........    431.338        -.-       -.-       431.338
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales.....      21.682         541      -.-        22.223
03   Sueldos progresivos....      5.000        -.-       -.-         5.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............    290.748        -.-       -.-       290.748
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      3.473        -.-       -.-         3.473
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    135.071          97      -.-       135.61)
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............     39.794      44.024      -.-        83.818
                             ----------     -------    ------   ----------
                                927.106      44.662      -.-       971.768


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


               SECTOR 060 - HIGIENE Y ASISTENCIA SOCIAL

       PROGRAMA 061 - ADMINISTRACION CENTRAL DE HIGIENE



                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios públicos.....       -.-        -.-        -.-         -.-
12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....        406          81      -.-           487
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...      2.980         596      -.-         3.576
23   Textiles y vestuarios..      1.804         361      -.-         2.165
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......      3.093         619      -.-         3.712
26   Productos químicos y
     anexos.................     16.537       3.307      -.-        19.844
27   Productos de minerales
     no metálicos...........      1.570         314      -.-         1.884
29   Utiles y productos
     varios.................      4.061         812      -.-         4.873
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..        500       9.500      -.-        10.000
91   Asignaciones varias....     12.380       2.476      -.-        14.856
                             ----------  ----------    ------   ----------
                                 43.331      18.066      -.-        61.397


       PROGRAMA 062 - SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL


                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  4:428.884        -.-       -.-     4:428.884
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales.....     454.184       9.373      -.-       463.557
03   Sueldos progresivos....     66.000        -.-       -.-        66.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  3:057.046        -.-       -.-     3:057.046
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........  1:490.819       1.687      -.-     1:492.506
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    486.119     122.703      -.-       608.822
                             ----------     -------    ------   ----------
                              9:983.052     133.763      -.-    10:116.815



       PROGRAMA 062 - SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL



                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios públicos.....     62.260      12.452      -.-        74.712
12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....      7.836       1.567      -.-         9.403

13   Locomoción y viáticos..       -.-        -.-        -.-          -.-
14   Transporte.............      4.250         850                  5.100
15   Arrendamientos.........    280.931      56.186                337.117
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...     60.588      12.118      -.-        72.706
18   Otros servicios
     contratados............    100.000      20.000      -.-       120.000
21   Alimentos y productos
     agropecuarios y
     forestales.............    102.000      20.400      -.-       122.400
23   Textiles y vestuarios..     58.133      11.627      -.-        69.760
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......     62.058      12.412      -.-        74.470
25   Productos de cuero y
     caucho.................     12.226       2.445      -.-        14.671
26   Productos químicos y
     anexos.................    265.179      53.036      -.-       318.215
27   Productos de minerales
     no metálicos...........     44.881       8.976      -.-        53.857
28   Productos metálicos....     15.940       3.188      -.-        19.128
29   Utiles y productos
     varios.................     62.057      12.411      -.-        74.468
32   Equipos de oficina.....       -.-         -.-       -.-          -.-
33   Equipo Médico,
     Sanitario y
     Odontológico...........     19.508       3.902      -.-        23.410
37   Equipos y planteles
     animales...............      3.000         600      -.-         3.600
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..     43.745     146.255      -.-       190.000
44   Maquinarias y Equipos
     Existentes en el País..      7.000       1.400      -.-         8.400
91   Asignaciones varias....    334.277      66.855      -.-       401.132
                             ----------  ----------    ------   ----------
                              1:545.869     446.680      -.-     1:992.549


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


       PROGRAMA 063 - SERVICIOS DE ALIMENTACION


                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  5:195.342        -.-       -.-     5:195.342
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales.....     418.509       3.772      -.-       422.281
03   Sueldos progresivos....     82.000        -.-       -.-        82.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............  1:858.695        -.-       -.-     1:858.695
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........  1:450.189         678      -.-     1:450.867
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    743.816     124.466      -.-       870.282
                             ----------     -------    ------   ----------
                              9:750.551     128.916      -.-     9:879.467


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


       PROGRAMA 063 - SERVICIO DE ALIMENTACION



                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios públicos.....      2.800         560      -.-         3.360
12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....      1.700         340      -.-         2.040
13   Locomoción y viáticos..        150          30      -.-           180
15   Arrendamientos.........     45.497       9.099      -.-        54.596
17   Servicios de
     mantenimiento y
     reparaciones contrat...     33.209       6.642      -.-        39.851
18   Otros servicios
     contratados............        420          84      -.-           504
21   Alimentos y productos
     agropecuarios y
     forestales.............     21.312       2.462      -.-        14.774
22   Minerales (excepto
     hidrocarburos).........      1.155         231      -.-         1.386
23   Textiles y vestuarios..     18.430       3.686      -.-        22.116
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......     37.854       7.571      -.-        45.425
25   Productos de cuero y
     caucho.................     10.640       2.128      -.-        12.768
26   Productos químicos y
     anexos.................     62.445      12.489      -.-        74.934
27   Productos de minerales
     no metálicos...........      4.000         800      -.-         4.800
28   Productos metálicos....      2.235         447      -.-         2.682
29   Utiles y productos
     varios.................     46.374       9.275      -.-        55.649
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..     10.215      49.785      -.-        60.000
54   Instalaciones..........      1.600         320      -.-         1.920
91   Asignaciones varias....    107.886      21.577      -.-       129.463
                             ----------  ----------    ------   ----------
                                398.922     127.526      -.-       526.448


               SECTOR 070 - TRANSITO Y TRANSPORTE

       PROGRAMA 071 - ADMINISTRACION CENTRAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE


                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........    225.021        -.-       -.-       225.021
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......    746.580      55.731      -.-       802.311
03   Sueldos progresivos....      4.500        -.-       -.-         4.500
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............    221.209        -.-       -.-       221.209
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      3.473        -.-       -.-         3.473
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    206.022      10.031      -.-       216.053
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............     19.480      69.162      -.-        88.642
                             ----------     -------    ------   ----------
                              1:426.285     134.924      -.-     1:561.209


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                    SECTOR 070 - TRANSITO Y TRANSPORTE

       PROGRAMA 071 - ADMINISTRACION CENTRAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE



                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....     50.000      10.000      -.-        60.000
15   Arrendamientos.........      3.000         600      -.-         3.600
16   Intereses, comisiones y
     primas de seguros......       -.-         -.-       -.-          -.-
23   Textiles y vestuarios..      2.804         561      -.-         3.365
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......     11.234       2.247      -.-        13.481
26   Productos químicos y
     anexos.................        748         150      -.-           898
27   Productos de minerales
     no metálicos...........      1.200         240      -.-         1.440
29   Utiles y productos
     varios.................      5.349       1.070      -.-         6.419
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..       -.-       70.000      -.-        70.000
91   Asignaciones varias....     39.814       7.963      -.-        47.777
                             ----------  ----------    ------   ----------
                                114.149      92.831      -.-       206.980


       PROGRAMA 072 - PLANIFICACION Y CONTRALOR


                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........  1:083.085        -.-       -.-     1:083.085
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......    195.367       7.984      -.-       203.351
03   Sueldos progresivos....     20.000        -.-       -.-        20.000
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............    554.858        -.-       -.-       554.858
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      -.-          -.-       -.-          -.-
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    336.519       1.437      -.-       337.956
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............    241.970      16.621      -.-       258.591
                             ----------     -------    ------   ----------
                              2:431.799      26.042      -.-     2:457.841



       PROGRAMA 072 - PLANIFICACION Y CONTRALOR



                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

11   Servicios Públicos.....       -.-         -.-       -.-          -.-
12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....       -.-         -.-       -.-          -.-
15   Arrendamientos.........    160.000      32.000      -.-       192.000
16   Intereses, comisiones y
     primas de seguros......     55.000      11.000      -.-        66.000
18   Otros servicios
     contratados............    216.900      43.380      -.-       260.280
23   Textiles y vestuarios..    123.063      68.915      -.-       191.978
24   Productos de papel,
     cartón e impresos......    102.428      20.486      -.-       122.914
25   Productos de cuero y
     caucho.................     26.485       5.297      -.-        31.782
26   Productos químicos y
     anexos.................    458.907      91.781      -.-       550.688
27   Productos de minerales
     no metálicos...........        905         181      -.-         1.086
28   Productos metálicos....     21.015       4.203      -.-        25.218
29   Utiles y productos
     varios.................     36.630       7.326      -.-        43.956
32   Equipos de oficina.....        500         100      -.-           600
33   Equipo Médico,
     Sanitario y
     Odontológico...........        500         100      -.-           600
38   Repuestos de
     maquinarias y equipos..       -.-      316.000      -.-       316.000
91   Asignaciones varias....    420.933      96.187      -.-       577.120
                             ----------  ----------    ------   ----------
                              1:683.266     696.956      -.-     2:380.222


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                    SECTOR 090 - SERVICIOS JURIDICOS

       PROGRAMA 091 - SERVICIOS DE ASESORAMIENTO JURIDICO Y ACTIVIDAD
                      CONTENCIOSA

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Presupuesto (*)                  Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios Personales

01   010 - Sueldos de cargos
     presupuestados.........    805.943        -.-       -.-       805.943
02   Sueldos con cargo a
     partidas globales......     86.856      30.610      -.-       117.466
03   Sueldos progresivos....      9.370        -.-       -.-         9.370
07   Compensaciones sujetas
     a montepío.............    594.732        -.-       -.-       594.732
08   Compensaciones y
     complementos varios....      -.-          -.-       -.-          -.-
09   Retribuciones varias...      3.473        -.-       -.-         3.473
61   Cargas y prestaciones
     servidas a Organismos
     Estatales o
     paraestatales..........    270.155       5.510      -.-       275.655
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas...............     20.100      94.995      -.-       115.095
                             ----------     -------    ------   ----------
                              1:790.629     131.115      -.-     1:921.744


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                    SECTOR 090 - SERVICIOS JURIDICOS

       PROGRAMA 091 - SERVICIOS DE ASESORAMIENTO JURIDICO Y ACTIVIDAD
                      CONTENCIOSA

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Sub-                            Vigente      En más    En menos
rubro          Concepto            N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
     Servicios No Personales

12   Publicidad, impresiones
     y encuadernaciones.....      1.586      13.414      -.-        15.000
14   Transporte.............       -.-       50.000      -.-        50.000
17   Servicios de
     Mantenimiento y
     Reparaciones contrat...        900       9.100      -.-        10.000
24   Productos de papel,
     cartón e impresos.....       9.854      20.146      -.-        30.000
29   Utiles y productos
     varios.................      4.609      10.391      -.-        15.000
32   Equipos de oficina.....       -.-       20.000      -.-        20.000
91   Asignaciones varias....       -.-      100.000      -.-       100.000
92   Partidas para refuerzos
     de Otros Rubros........       -.-      150.000      -.-       150.000
                             ----------  ----------    ------   ----------
                                 16.949     373.051      -.-       390.000


                    RESUMEN DE RETRIBUCIONES PERSONALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Programas                     Modif. Vigente En más    En menos
                                   N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
Sector 010 - Dirección Superior
             General

Programa 011 - Administración
               Central
               General....... 3:107.420      14.350      -.-     3:121.770
Programa 012 - Instituto de
               Estudios
               Municipales...   375.789        -.-        999      374.790


Sector 020 - Hacienda Municipal
             General

Programa 021 - Administración
               Central
               de Hacienda... 5:814.579   1:852.987      -.-     7:667.566
Programa 022 - Ingresos
               Municipales...16:289.647     102.718      -.-    16:392.365
Programa 023 - Egresos
               Municipales...   199.951        -.-      4.779      195.172
Programa 024 - Servicios de
               Hacienda...... 2:205.036      47.237      -.-     2:252.273


Sector 030 - Administración General
             General

Programa 031 - Conducción
               Central
               de Administ... 1:310.592       2.590     8.477    1:304.705
Programa 031 - Junta de
               Vecinos de
               Montevideo.... 5:133.015      35.077      -.-     5:168.092
Programa 031 - AMDET.........13:026.535        -.-    650.255   12:376.280
Programa 032 - Administrativo
               y Suministro..10:725.637     286.761    15.874   10:996.524


Sector 040 - Obras y Servicios

Programa 041 - Administración
               Central
               de Obras
               Servicios..... 1:357.848      69.933      -.-     1:427.781
Programa 042 - Obras
               Municipales...15:813.041     300.554      -.-    16:113.595
Programa 043 - Servicios
               Municipales...42:862.564     783.818      -.-    43:646.382


Sector 050 - Planeamientos Urbano
             y Cultural

Programa 051 - Administración
               Central
               de Planeamiento
               Urbano y
               Cultural...... 2:701.526      65.455      -.-     2:766.981
Programa 052 - Promoción de
               la Cultura....12:406.974     196.913      -.-    12:603.887
Programa 053 - Arquitectura
               y Urbanismo...31:121.377     535.690      -.-    31:657.067


Sector 060 - Higiene y Asistencia
             Social

Programa 061 - Administración
               Central
               de Higiene....   927.106      44.662      -.-       971.768
Programa 062 - Salud y
               Asistencia
               Social........ 9:983.052     133.763      -.-    10:116.815
Programa 063 - Servicios de
               Alimentación.. 9:750.551     128.916      -.-     9:879.467


Sector 070 - Tránsito y Transporte
             Social

Programa 071 - Administración
               Central
               Tránsito y
               Transporte.... 1:426.285     134.924      -.-     1:561.209
Programa 072 - Planificación
               y Contralor... 2:431.799      26.042      -.-     2:457.841


Sector 090 - Servicios Jurídicos
             Social

Programa 091 - Servicio de
               Asesoramiento
               Jurídico y Act.
               Contenciosa... 1:790.629     131.115      -.-     1:921.744
                            -----------   ---------   -------  -----------
                            190:760.953   4:893.505   680.384  194:974.074


                    RESUMEN DE SERVICIOS NO PERSONALES

                              Autorización                    Autorización
                                 Anual                           Anual
                              Decreto 18.908                   Proyectada
Programas                     Vigente        En más    En menos
                                   N$          N$         N$       N$
--------------------------------------------------------------------------
Sector 010 - Dirección Superior
             General

Programa 011 - Administración
               Central
               General....... 2:227.839     445.569      -.-     2:673.408
Programa 012 - Instituto de
               Estudios
               Municipales...    72.063      94.937       -.-      167.000


Sector 020 - Hacienda Municipal
             General

Programa 021 - Administración
               Central
               de Hacienda... 1:263.616     419.328      -.-     1:682.944
Programa 022 - Ingresos
               Municipales...   419.196      83.839      -.-       503.035
Programa 023 - Egresos
               Municipales...    43.974       8.794      -.-        52.768
Programa 024 - Servicios de
               Hacienda......   169.005      32.802      -.-       202.807


Sector 030 - Administración General
             General

Programa 031 - Conducción
               Central
               de Administ...    48.615       9.723      -.-        58.338
Programa 032 - Administrativo
               y Suministro.. 5:702.675   1:140.535      -.-     6:843.210


Sector 040 - Obras y Servicios

Programa 041 - Administración
               Central
               de Obras
               Servicios.....    58.500      11.700      -.-        70.200
Programa 042 - Obras
               Municipales... 1:081.320     216.264      -.-     1:297.584
Programa 043 - Servicios
               Municipales...39:231.657  10:809.193      -.-    50:040.850


Sector 050 - Planeamientos Urbano
             y Cultural

Programa 051 - Administración
               Central
               de Planeamiento
               Urbano y
               Cultural......   442.854      88.571      -.-       531.425
Programa 052 - Promoción de
               la Cultura.... 3:761.770   1:617.354      -.-     5:379.124
Programa 053 - Arquitectura
               y Urbanismo...11:322.995   2:731.313      -.-    14:054.308


Sector 060 - Higiene y Asistencia
             Social

Programa 061 - Administración
               Central
               de Higiene....    43.331      18.066      -.-        61.397
Programa 062 - Salud y
               Asistencia
               Social........ 1:545.869     446.680      -.-     1:992.549
Programa 063 - Servicios de
               Alimentación..   398.922     127.526      -.-       526.448


Sector 070 - Tránsito y Transporte
             Social

Programa 071 - Administración
               Central
               Tránsito y
               Transporte....   114.149      92.831      -.-       206.980
Programa 072 - Planificación
               y Contralor... 1:683.266     699.956      -.-     2:380.222


Sector 090 - Servicios Jurídicos
             Social

Programa 091 - Servicio de
               Asesoramiento
               Jurídico y Act.
Contenciosa...    16.949     373.051      -.-       390.000
                            -----------   ---------   -------  -----------
                             69:648.565. 19:466.032      -.-    89:114.597

 "Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo" 

                    RESUMEN GENERAL DE INGRESOS

                                                  N$             N$
                                                  --             --

Ingresos 1978 aprobados por el tribunal de
cuentas en sesión del 29 de diciembre de 1977
(Apartado 1º)................................ 294:607.192

A deducir Recursos por ajustes según
comunicación al Tribunal de Cuentas del 23
de mayo de 1978.............................   17:249.440
                                             ------------

Ingresos vigentes 1978 aprobados según
resolución 2180/77 - decreto 16.579 (Diario
Oficial Nº 20.169 del 9 de enero de 1978)...  277:357.752

Incrementos según decreto 386/978 (Diario
Oficial Nº 20.301 del 31 de julio de 1978).    19:939.440   297:297.192
                                             ------------

Aumentos -

 En razón de la mayor recaudación operada ya
comprobada y del aumento vegetativo anual y
de las modificaciones proyectadas:

Ingresos vehiculares........................   11:575.857
Ingresos territoriales......................    9:944.612
Ingresos Administración de la Propiedad
Municipal...................................      845.700
Ingresos Domiciliarios......................   20:504.551
Ingresos Comerciales........................    3:577.140
Ingresos Varios Servicios...................   19:801.018    66:248.878
                                             ------------   -----------
                                                            363:546.070

                    RESUMEN GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS


                                                  N$             N$
                                                  --             --
                         - INGRESOS -
Previsión de Recursos........................               363:546.070

                         - EGRESOS-

Servicios Personales......................... 174:574.074
Servicios No Personales......................  89:114.597
                                             ------------

Total de Gastos de Funcionamiento............ 263.688.671
Inversiones y Financiamiento.................  95:198.244
                                             ------------   -----------
                                              358:866.915
Junta de Vecinos.............................   4:626.635   363:513.550
                                                            -----------

               Superávit.....................                    32.520


                    INGRESOS COMERCIALES

ARTICULO 2º. Auméntase en un 20% (veinte por ciento) los siguientes
tributos recaudados por el Servicio de Ingresos Comerciales:

1)   Tasas y derechos por avisos, publicidad y propaganda (artículos
     1º, 2º, 3º y 4º del Decreto Departamental Nº 7.453; 1º del Decreto
     Departamental Nº 9.272; 105º del Decreto Departamental Nº 10.194;
     1º del Decreto Departamental Nº 10.820; 52º, 54º, 55º y 56º del
     Decreto Departamental Nº 13.131; 93º y 94º del Decreto
     Departamental Nº 13.501; 40º, 41º y 44º del Decreto Departamental
     Nº 14.925 y sus modificativos).

2)   Tasa por contralor de higiene ambiental de locales donde funcionan
     máquinas o aparatos de entretenimientos deportivos o similares
     (artículos 8º y 11º del Decreto Departamental Nº 13.131; 96º del
     Decreto Departamental Nº 16.503 y 12º del Decreto Departamental
     número 18.579).

3)   Tasa por registración de contribuyentes mercantiles (artículos 49º
     del Decreto Departamental Nº 13.878; 132º del Decreto Departamental
     Nº 14.152 y 121º del Decreto Departamental Nº 17.020).

4)   Tasa del papel timbrado municipal (artículos 24º del Decreto
     Departamental Nº 13.131; 73º y 75º del Decreto Departamental
     Nº 15.706; 98º del Decreto Departamental Nº 16.503; Resolución del
     Poder Ejecutivo Nº 1702-977 de 26 de octubre de 1977; Resolución
     de la Intendencia Municipal de Montevideo 100.292 de 1º de
     noviembre de 1978).

     Se exceptúa:

a)   Todas las gestiones, trámites y reposiciones que deban efectuarse
     ante el Servicio de Edificación, sin perjuicio de lo dispuesto en los
     artículos 13º (apartados 1 y 3), 14 y 17 de este decreto;

b)   Las fotocopias o testimonios del Registro del Estado Civil por las
     que se repondrá papel timbrado por valor de N$ 1.70 (nuevos pesos
     uno con setenta centésimos) por cada uno de ellos; y

c)   Los certificados de dicho Registro, por los que el interesado
     deberá reponer papel timbrado por valor de N$ 1.00 (nuevos pesos
     uno), por cada uno de ellos.

ARTICULO 3º. Las alícuotas fijas establecidas para la liquidación y pago
de la tasa bromatológica (inciso a), f), g) e i) del artículo 29º del
Decreto Departamental Nº 11.812 con la redacción ordenada por el artículo
93º del Decreto Departamental Nº 16.503 y modificativos) serán
incrementadas en un 20% (veinte por ciento), y las porcentuales serán
rebajadas en la siguiente forma: del 9 (nueve) al 4% (cuatro por ciento) y
del 3 (tres) al 2% (dos por ciento) respectivamente.

ARTICULO 4º. Las declaraciones juradas anuales en materia de tasa
bromatológica a que se refieren los apartados b), c) y j) del artículo 29º
del Decreto Departamental número 11.812 y modificativos, deberán
presentarse en el plazo de 90 (noventa) días corridos, contados desde el
día 1º de enero del año inmediato siguiente al ejercicio económico
respectivo, a cuyo vencimiento se aplicarán en lo pertinente las
disposiciones en vigencia referentes a recargos, estimaciones de oficio de
la deuda, y normas concordantes.

 Dentro del plazo señalados en el inciso anterior, deberá efectuarse el
pago correspondiente a la declaración jurada anual que se hubiere
efectuado.

                         INGRESOS TERRITORIALES

ARTICULO 5º. Auméntase en un 20% (veinte por ciento) los siguientes
tributos recaudados por el Servicio de Ingresos Territoriales:

1)   Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana (artículo 32º del
     Decreto Departamental Nº 15.706 y modificativos; Resolución de la
     Intendencia Municipal de Montevideo Nº 65.294 de 23 de diciembre
     de 1975).

2)   Tasa por conservación de la Red de Afirmado (Pavimento) artículos
     84º, 85º, 86º, 87º del Decreto Departamental Nº 10.194 y
     modificativos).

3)   Tasa de Registro de Contribuyentes de Contribución Inmobiliaria
     (artículo 60º del Decreto Departamental Nº 13.878 y modificativos).

                         INGRESOS VEHICULARES

ARTICULO 6º. Auméntase en un 20% (veinte por ciento) los siguientes
tributos e ingresos recaudados por el Servicio de Ingresos Vehiculares:

1)   Patente de Rodados (artículo 3º del Decreto Departamental Nº 11.812;
     artículo 30º del Decreto Departamental Nº 13.131; artículo 93º del
     Decreto Nº 14.152; artículo 69º y 72º del Decreto Departamental
     Nº 16.102; artículos 53º, 59º, 60º, 66º, 67º y 68º del Decreto
     Departamental Nº 16.503; artículos 78º, 81º, 82º, 83º, 84º, 87º y
     92º del Decreto Departamental Nº 17.020 y artículo 35º del Decreto
     Departamental Nº 18.579).

2)   Tasa por otorgamiento de permisos de circulación para vehículos
     empadronados (artículo 3º del Decreto Departamental Nº 10.056;
     artículo 104º del Decreto Departamental Nº 14.152).

3)   Tasa por transferencia de vehículos privados afectados a una o más
     líneas de transporte colectivo de pasajeros (artículo 24º del
     Decreto Departamental Nº 15.706 y modificativos).

4)   Tasa por adjudicación de más de un permiso de explotación de
     automóviles con taxímetro (artículos 5º del Decreto Departamental
     Nº 11.036 y 10º del Decreto Departamental Nº 17.879).

5)   Tasa por inspección de vehículos por cambios de carrocerías, chassis,
     o motores (artículos 5º y 6º del Decreto Departamental Nº 11.812;
     40º del Decreto Departamental Nº 13.878; artículos 75º del Decreto
     Departamental Nº 15.094 y 88º del Decreto Departamental Nº 17.020).

6)   Tasas por otorgamiento, renovación y expedición de duplicados de
     licencias de conductores (artículo 51º del Decreto Departamental
     Nº 12.900 y modificativos).

7)   Tasa por expedición y por duplicación o renovación de libretas de
     vehículos (artículo 6º del Decreto Departamental Nº 11.812 y
     modificativos).

8)   Tasa por expedición de carné para conducir vehículos con "chapas de
     prueba" (artículos 1º y 2º del Decreto Departamental Nº 1.504 y 94º
     del Decreto Departamental Nº 17.020).

9)   Tasa por examen (práctico y teórico) de suficiencia para conducir
     vehículos (artículos 27º del Decreto Departamental Nº 11.812; 73º
     del Decreto Departamental Nº 17.020 y 31º del Decreto Departamental
     Nº 18.579).

10)  Tasas por certificación de no adeudar multas por infracciones de
     tránsito (artículo 110º del Decreto Departamental Nº 14.152 y
     modificativos).

11)  Tasa por servicios prestados por la Estación Central de Omnibus
     Interdepartamentales (artículo 8º del Decreto Departamental Nº 2.537;
     artículos 72º del Decreto Departamental Nº 17.020 y 30º del Decreto
     Departamental Nº 18.579).

12)  Tasa por inscripción en el registro de Vehículos Automotores -
     Sección Especial de Vehículos Privados de Transporte Colectivo de
     Pasajeros (artículos 69º del Decreto Departamental Nº 16.503).

13)  Tasa por registración de embargos, levantamientos y prendas de
     vehículos (artículos 64 del Decreto Departamental Nº 16.012; 85º
     del Decreto Departamental Nº 17.020 y 36º del Decreto
     Departamental Nº 18.579).

14)  Tasa por expedición de certificado relativo a embargos e inhibiciones
     (Resolución de la Intendencia Municipal de Montevideo Nº 27.114 de 6
     de abril de 1961; artículo 45º del Decreto Departamental Nº 14.925).

15)  Tasa por transferencia de permisos para la explotación del servicio
     de automóviles con taxímetro (artículo 81º y 82º del decreto
     departamental 8.686; 31º y 32º del decreto departamental Nº 11.594;
     80º del decreto departamental Nº 17.020; 28º del decreto
     departamental Nº 18.579).

ARTICULO 7º. Fíjase en la cantidad de N$ 15.00 (nuevos pesos quince), la
cuantía de la tasa de expedición de certificado de titularidad fiscal de
vehículos a que se refiere el artículo 10º del decreto 12.900 y
modificativos.

ARTICULO 8º. Por la expedición de nuevas licencias por ampliaciones o
limitaciones en la habilitación de conductores de vehículos inscritos en
el Registro de Conductores del Servicio de Tránsito y Transporte, que no
configuren cambio de categoría, se abonará un tributo de acuerdo a la
siguiente escala:

 Por un año, 25% (veinticinco por ciento) del importe de la tasa por
otorgamiento de licencias de conductor categoría "A" (amateur).

 Por dos años, 30% (treinta por ciento) de dicho importe. De tres a cinco
años, 50% (cincuenta por ciento) del referido importe. Por seis años, 60%
(sesenta por ciento) del mencionado importe.

                    SERVICIO DE INGRESOS DOMICILIARIOS

ARTICULO 9º. Auméntase en un 20% (veinte por ciento) los siguientes
tributos recaudados por el Servicio de Ingresos Domiciliarios:

1)   Tasa General Municipal (alumbrado, salubridad, fiscalización,
     inspección y vigilancia) (Artículo 1º del DAR Nº 162; artículo 88º
     del Decreto Departamental Nº 14.152; artículo 1º del Decreto
     Departamental Nº 14.614; artículos 88º y 89º del Decreto
     Departamental Nº 16.503; artículo 105º del Decreto Departamental
     Nº 17.020; resolución de la Intendencia Municipal de Montevideo
90.687
     de 30 de mayo de 197; 91.605 de 13 de junio de 1977; 92.525 de 30 de
     junio de 1977; 100.292 de 1º de noviembre de 1977; y resoluciones del
     Poder Ejecutivo 1.702/977, de 26 de octubre de 1977; y
     modificativos).

2)   Tasa de Contralor de Higiene Ambiental (artículos 5º del Decreto
     Departamental 13.131; 77º del Decreto Departamental Nº 13.490; 58º
     del Decreto Departamental Nº 14.436; 104º y 108º del Decreto
     Departamental Nº 17.020; decreto del Poder Ejecutivo 296/977;
     resoluciones 90.687 de 30 de mayo de 1977 y 113.144 de 12 de julio de
     1978 de la Intendencia Municipal de Montevideo);

3)   Tasa por habilitación, inspección y vigilancia de casas de huéspedes
     y similares (artículo 93º del Decreto Departamental Nº 10.194 y
     modificativos; resolución 90.687 de 30 de mayo de 1977 de la
     Intendencia Municipal de Montevideo; decreto del Poder Ejecutivo
     296/977 de 26 de mayo de 1977; resolución de la Presidencia de la
     República de 26 de octubre de 1977 -asunto Nº 2.307-; resolución
     113.144 de 12 de julio de 1978 de la Intendencia Municipal de
     Montevideo);

4)   Tasa por contraste y verificación de medidores o contadores de aguas
     corrientes, electricidad, gas o similares (artículo 30º del Decreto
     Departamental 11.812; artículos 28º y 29º del Decreto Departamental
     Nº 12.900; artículo 91º del Decreto Departamental Nº 16.503).

                         INGRESOS ADMINISTRACION DE LA
                              PROPIEDAD MUNICIPAL

ARTICULO 10º. Auméntase en un 20% (veinte por ciento) los siguientes
tributos e ingresos recaudados por el Servicio de Administración de la
Propiedad Municipal:

1)   Tasas por transferencia y regularización de permisos para el
     funcionamiento de quioscos en la vía pública (artículos 116º del
     Decreto Departamental Nº 17.020; 39º del Decreto Departamental
     Nº 18.579);

2)   Importe de "Vehículos y Piso" (introducción de productos en los
     mercados) (artículos 1º y 3º de la Ordenanza Municipal de 6 de junio
     de 1913; 48º del Decreto Departamental Nº 14.436; 42º del Decreto
     Departamental Nº 18.579);

3)   Derechos mensuales por instalación de puestos en la feria que
     funciona en la calle Tristán Narvaja y en la Avenida 18 de Julio de
     Gaboto a Eduardo Acevedo (artículo 40º del Decreto Departamental
     Nº 18.579);

4)   Derechos mensuales por instalación de puestos en ferias vecinales
     (municipales u organizadas por el Consejo Nacional de Subsistencias
     y Contralor de Precios) (artículo 41º del Decreto Departamental
     Nº 18.579);

5)   Importe por ocupación de aceras con mesas y sillas (artículos 9º del
     Decreto Departamental Nº 2.456; 1º del Decreto Departamental
     Nº 7.953; 125º del Decreto Departamental Nº 14.175; 55º del Decreto
     Departamental Nº 15.706; 110º del Decreto Departamental Nº 17.020);

6)   Importe por ocupación de espacios en las playas con carpas u otros
     resguardos (artículos 17º y 18º del Decreto Departamental Nº 4.452;
     124º del Decreto Departamental Nº 14.175; 109º del Decreto
     Departamental Nº 17.020).

ARTICULO 11º. Modifícase el artículo 43º del Decreto Departamental Nº
18.579, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"ARTICULO 43º. Por concepto de autorización o permiso para establecer
expendios en la vía pública con instalación estable o en vehículos o
plataformas rodantes de acuerdo con las reglamentaciones vigentes, se
abonarán los siguientes importes:

 N$ 1.000.00 (nuevos pesos mil) por los comprendidos entre la Rambla
Costanera, Bulevar Artigas y Ramblas Sudamérica y Roosevelt, inclusive en
ambas aceras; N$ 600.00 (nuevos pesos seiscientos) en el resto de la zona
urbana; N$ 500.00 (nuevos pesos quinientos) en la suburbana y N$ 360.00
(nuevos pesos trescientos sesenta) en la rural.

 Dichas autorizaciones o permisos tendrán una duración de un año y por su
revalidación se abonarán los mismos importes.

 El plazo para las autorizaciones acordadas se computará desde la fecha en
que se notificó al interesado la resolución por la que se otorga o
confirma el permiso o autorización.

 Por la autorización para transferir dichos permisos, se cobrarán los
importes establecidos en el inciso primero de este artículo.

 Cuando no posean instalaciones estables, el importe de la autorización se
graduará a razón de N$ 1.30 (nuevos pesos uno con treinta centésimos) por
cada metro cuadrado de superficie que ocupen y por hasta 8 horas con un
mínimo de N$ 4.00 (nuevos pesos cuatro).

 Cuando se trate de expendios de golosinas o helados, la cuantía del
tributo se multiplicará por dos (2)".

ARTICULO 12º. Los derechos por ocupación del subsuelo municipal por
cañerías y canalizaciones a que se refiere la resolución del 27 de abril
de 1956, serán de N$ 120.00 (nuevos pesos ciento veinte) anuales hasta 500
(quinientos) metros de longitud y de N$ 0.40 (cuarenta centésimos de
nuevos pesos) anuales por cada metro que exceda de dicha longitud.

 Ninguna persona física o jurídica estará exenta del pago de este tributo.

                              INGRESOS EDIFICACION

ARTICULO 13º. Auméntase en un 20% (veinte por ciento) los siguientes
tributos:

1)   Tasa de papel timbrado en gestiones de permisos de construcción
     caracterizados como "fórmula B" (artículos 129º del Decreto
     Departamental Nº 17.020; resolución del Poder Ejecutivo de 27 de
     octubre de 1977;

2)   Tasa por inspecciones técnico - profesionales parciales (artículo
     138º del Decreto Departamental Nº 17.020);

3)   Tasa de papel timbrado, inscripción y expedición de certificados en
     gestiones de solicitudes de habiltación o de reválidas respecto de
     locales o establecimientos industriales y/o comerciales (artículo
     147º del Decreto Departamental Nº 17.020; resolución del Poder
     Ejecutivo de 27 de octubre de 1977).

ARTICULO 14º. Cualesquiera denuncias que se formulen ante los Servicios de
Edificación o de Inspección General indistintamente, se presentarán en
papel timbrado por un monto de N$ 26.00 (nuevos pesos veintiséis).

ARTICULO 15º. Cuando por la aprobación de los permisos de Construcción se
requiera más de un informe por sección debido a observaciones, se abonará
por cada uno de los que excedan del primero, la cantidad de N$ 10.00
(nuevos pesos diez).

 Cuando dichos informes hayan sido motivados por cambios de planos o
documentación, se abonará por cada uno de ellos, N$ 20.00 (nuevos pesos
veinte).

ARTICULO 16º. Por cada inspección final que se solicite, se abonará una
cantidad equivalente al 2% (dos por ciento) del valor declarado en el
permiso de construcción, la que en ningún caso será inferior a N$ 20.00
(nuevos pesos veinte).

 Cuando el funcionario profesional deba concurrir a la finca más de una
vez por causas imputables al gestionante, se abonará por cada nueva visita
N$ 14.00 (nuevos pesos catorce).

ARTICULO 17º. Por cada inspección e informe de técnicos idóneos, se pagará
la cantidad de N$ 25.00 (nuevos pesos veinticinco), en la que se incluye
el importe de la reposición del papel timbrado.

                         INGRESOS POR NECROPOLIS

ARTICULO 18º. Auméntase en un 20% (veinte por ciento) los siguientes
tributos e ingresos recaudados por el Servicio de Necrópolis:

1)   Tasas por inhumación, exhumación, depósito, reducción, cremación,
     conteo y entrega de cadáveres en las necrópolis (artículo 140º del
     Decreto Departamental Nº 14.152 con la redacción ordenada por el
     artículo 157º del Decreto Departamental Nº 17.020).

      Se exceptúan:

     a)   Las reducciones de restos para dar cabida a un cuerpo de
          inmediato sepelio por las que se abonará N$ 50.00 (nuevos
          pesos cincuenta) por cada una de ellas; y

     b)   Las inhumaciones y reducciones en locales funerarios ubicados
          en cualesquiera de los Cementerios del Departamento de
          Montevideo, cuyos títulos no se hubieran regularizado dentro
          de los trece años del fallecimiento del titular o no se hubiera
          cumplido con lo dispuesto en el Decreto Departamental Nº 13.842
          abonándose por cada una de ellas, N$ 100.00 (nuevos pesos cien)
          en nichos, y N$ 200.000 (nuevos peso doscientos en sepulcros;

2)   Tasas por transferencia o transmisión del derecho de uso de bienes
     funerarios (artículos 157º del Decreto Departamental Nº 17.020).

ARTICULO 19º. Por concepto de servicios de conservación, vigilancia y
mejoramiento en las Necrópolis del Departamento de Montevideo, los
usuarios abonarán anualmente las siguientes tasas:

Por cada nicho, N$ 10.00 (nuevos pesos diez).
Por cada sepulcro, N$ 20.00 (nuevos pesos veinte).
La falta de pago importará la presunción de abandono del local funerario.

ARTICULO 20º. Fíjase en N$ 60.00 (nuevos pesos sesenta) el derecho por
hasta veinte (20) años de permanencia en una urna conteniendo restos de
una persona en los urnarios municipales del Departamento.

ARTICULO 21º. Fíjase en N$ 60.00 (nuevos pesos sesenta) la cantidad a que
se refieren los artículos 2º y 3º del Decreto Departamental Nº 8.258 de 19
de agosto de 1952 por el arrendamiento de locales por hasta dos (2) años
de plazo.


                         DISPOSICIONES VARIAS

ARTICULO 22º. En todas las liquidaciones que practiquen oficinas o
dependencias municipales, se procederá a redondear las fracciones
inferiores a un nuevo peso a la unidad (o cifra) de nuevos pesos más
próxima.

ARTICULO 23º. Las disposiciones relativas a tributos e ingresos
municipales, entrarán en vigencia el día 1º de enero de 1979, salvo cuando
en la o las normas respectivas se establezca en forma expresa otra fecha
de vigencia.

ARTICULO 24º. Cuando por cualquier circunstancia quedaran suspendidos o
sin efecto cualesquiera de los tributos establecidos o modificados por
alguna de las disposiciones de este decreto, se aplicarán automáticamente
las normas sustituidas o modificadas.

ARTICULO 25º. El aumento del orden del 20% (veinte por ciento) a que se
refieren varias disposiciones de este decreto, se aplicará de manera
uniforme y con carácter general a todos los tributos comprendidos en dicho
aumento, increméntandose en la debida proporción las alícuotas aplicables
(fijas o porcentuales), y adecuándose a esos efectos las cuantías mínimas
y máximas establecidas para cada tributo, los importes mínimos de los
recibos y cualquiera topes, cifras o cantidades utilizadas o que deban
utilizarse para el otorgamiento de exenciones y bonificaciones
tributarias.

 A los solos efectos de la liquidación y pago de la Tasa General
Municipal, se exceptúa del aumento del 20% (veinte por ciento) previsto en
el inciso anterior, las cuantías mínimas fijadas por las zonas "d" y "e" y
el importe mínimo de recibo exclusivamente dentro de dichas zonas, los que
no sufrirán aumento alguno.

ARTICULO 26º. Cuando se trate de cuentas por contribuciones de mejoras
(pavimento, saneamiento, conexiones domiciliarias, etc.), cuyo monto no
exceda de N$ 50.00 (nuevos pesos cincuenta), el pago deberá efectuarse al
contado, quedando sin efecto los plazos acordados por los Decretos
Departamentales Nº 7.336, 14.152, 15.706 y modificativos.

ARTICULO 27º. Para calcular la cuantía de los tributos adicionales, se
tomarán como base los respectivos tributos matrices incrementados en la
forma dispuesta por las normas de este decreto.

ARTICULO 28º. Las solicitudes que formulen jubilados y pensionistas con
más de sesenta (60) años de edad y que no perciban otros ingresos que los
provenientes de esas calidades, para obtener la exoneración de
Contribución Inmobiliaria establecida en el artículo 36º del Decreto
Departamental Nº 15.706 y modificativos, se tramitarán en papel común.

ARTICULO 29º. Modifícase a partir del 1º de enero de 1979, el apartado 5º
del artículo 226º del Decreto Departamental Nº 15.706, el que quedará
redactado de la siguiente forma:

 "5. En el caso de optarse por el pago en cuotas, se abonará un interés de
hasta el cinco por ciento (5%) mensual, y en el caso de mora además, un
recargo de hasta el seis por ciento (6%) mensual sobre las cuotas vencidas
e impagas.

Dichos porcentajes los fijará para cada año civil el Intendente Municipal,
dando cuenta a la Junta de Vecinos".

ARTICULO 30º. Modifícase el artículo 131º del Decreto Departamental Nº
15.706, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"ARTICULO 131º. Toda deuda por cualesquiera tributos o ingresos
municipales que no se pague dentro de los plazos prestablecidos sufrirá un
recargo por mora de acuerdo al régimen que se establece en este artículo.

 La mora se configura por la no extinción de la deuda por cualesquiera
tributos o ingresos municipales en el momento y lugar que corresponda,
operándose por el sólo vencimiento del término establecido, y será
sancionada en todos los casos sin excepción, con una multa del 20% (veinte
por ciento) del importe del tributo o ingreso no pagado en término y con
un recargo mensual, que se regulará de acuerdo a lo que se establece en
los siguientes incisos:

A)   Cuando se trate de deudas por tributos o ingresos que deben abonarse
     mensualmente, se devengará un recargo por mora de hasta el 6% (seis
     por ciento) mensual que se aplicará sobre cada mensualidad adeudada,
     computándose en forma progresional en función del número de
     mensualidades impagas hasta la respectiva fecha de cancelación.
      Se exceptúan de la aplicación de la multa y del recargo referido,
     las mensualidades que tengan una mora no mayor de 60 días contados
     desde la fecha en que el tributo o ingreso fuere exigible;

B)   Cuando el tributo o ingreso deba pagarse en fecha prefijada, la deuda
     sufrirá un recargo por mora de hasta el 6% (seis por ciento) mensual
     que se aplicará de la siguiente forma:
      Una vez vencida la fecha de pago sin que se hubiere efectuado el
     mismo, el deudor o contribuyente dispondrá de un plazo de 30
     (treinta) días inmediatos siguientes para pagar, vencido el cual se
     aplicarán la multa, y el recargo mensual que se generará a partir del
     primer día siguiente al vencimiento del referido plazo.
      El mencionado recargo se aplicará en forma progresional en función
     del número de meses de mora computados hasta la fecha de cancelación
     de la deuda.
      El porcentaje de recargo por mora será fijado anualmente por el
     Intendente Municipal para cada año civil".

ARTICULO 31º. El régimen de multa y recargos establecidos en el artículo
anterior, se aplicará a todos los pagos de deudas por tributos o ingresos
municipales que se efectúen a partir del 1º de enero de 1979.

ARTICULO 32º. Auméntase en N$ 971.000.00 (nuevos pesos novecientos setenta
y un mil) la partida prevista por el artículo 27º del decreto 17.879 que
fuera incrementada de conformidad con las resoluciones dictadas por el
Intendente Municipal en ocasión de otorgarse aumentos generales en las
retribuciones personales de los funcionarios municipales.

 Dicho aumento se financiará con cargo a las economías provenientes de la
no provisión de vacantes en el Programa 052 (Promoción de la Cultura).

ARTICULO 33º. Agrégase el artículo 5º del decreto 16.503, el siguiente
inciso:

 "Quedan exceptuados del beneficio de seguro colectivo de salud los hijos
del funcionario afiliado al mismo o que se incorpore en el futuro, que
nazcan con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto".

ARTICULO 34º. Créase una tasa de inspección y contralor de fincas en
estado ruinoso de N$ 200.00 (nuevos pesos doscientos), la que será abonada
por el propietario, promitente comprador con promesa inscrita o titular
con derecho real de uso o goce de dichos inmuebles.

ARTICULO 35º. Comuníquese.


                    PROGRAMA 081 - SERVICIOS PERSONALES

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

01   Sueldos de Cargos
     Presupuestados......     138.006        -.-       -.-       138.006
03   Sueldos Progresivos.       4.918        -.-       -.-         4.918
07   Compensaciones
     sujetas a Montepío..     125.364        -.-       -.-       125.364
08   Compensaciones y
     Complementos varios.       4.983        -.-       -.-         4.983
61   Cargos y Prestaciones
     servidas a
     Organismos estatales
     y paraestatales.....      49.189        -.-       -.-        49.189
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas artículo 4º
     decreto 17.020 y
     artículo 21 decreto
     17.879..............      20.696        1.308     -.-        22.004
                              -------        -----     ----      -------
                              343.156        1.308     -.-       344.464
                              -------        -----     ----      -------

(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                    PROGRAMA 081 - DIRECCION SUPERIOR

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

12   Publicidad, Impuestos
     Encuadernación......       4.500        1.800     -.-         6.300
15   Arrendamientos......       2.600        1.100     -.-         3.700
25   Productos de Cuero
     y Caucho............       1.900          700     -.-         2.600
29   Utiles y Productos
     Varios..............       2.000          700     -.-         2.700
32   Equipos de Oficina..       3.000        1.200     -.-         4.200
91   Asignaciones varias,
     Gastos
     Extraordinarios.....       7.000        2.900     -.-         9.900
92   Partidas para Ref.
     de otros Rubros.....       6.000        2.500     -.-         8.500
                              -------        -----     ----      -------
                               27.000       10.900     -.-        37.900
                              -------        -----     ----      -------


                    PROGRAMA 082 - SERVICIOS PERSONALES

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

01   Sueldos de Cargos
     Presupuestados......  13:838.075        -.-       -.-    13:838.075
02   Sueldos con Cargos
     a Partidas Globales.     437.029.000    -.-       -.-       437.029
03   Sueldos Progresivos.     318.103        -.-       -.-       318.103
07   Compensaciones
     sujetas a Montepío..  15:175.422   3:405.750      -.-    18:581.172
61   Cargos y Prestaciones
     servidas a
     Organismos estatales
     y paraestatales.....   7:448.153   1:473.435      -.-     8:921.588
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas artículo 4º
     decreto 17.020 y
     artículo 21 decreto
     17.879..............   3:623.250      227.122     -.-     3:850.372
                           ----------    ---------     ----   ----------
                           40:840.032    5:106.307     -.-    45:946.339
                           ----------    ---------     ----   ----------

(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                    PROGRAMA 082 - EXPLOTACION DE CASINOS

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

11   Servicios Públicos...    654.200      205.800     -.-       860.000
12   Publicidad, Impuestos
     Encuadernación......      41.400       17.300     -.-        58.700
13   Locomoción y viático       7.700        3.300     -.-        11.000
15   Arrendamientos.......     32.100       13.400     -.-        45.500
16   Intereses, Comisiones
     y Prima de Seguro....     69.000       29.000     -.-        98.000
17   Servicio de
     Mantenimiento y
     Reparación...........     67.200       29.800     -.-        97.000
18   Otros Servicios
     Contratados..........    236.200      123.800     -.-       360.000
21   Alimentos Pro.
     Agropec. y Forest....     37.300       15.700     -.-        53.000
22   Minerales (Ex.
     Hidrocarburo)........      7.900        3.100     -.-        11.000
23   Textil y Vestuarios..    265.100      141.300     -.-       406.400

24   Productos de Cartón
     e Impresos...........    160.100       79.900     -.-       240.000
25   Productos de Cuero
     y Caucho............       9.300        3.700     -.-        13.000
26   Productos Químicos y
     Anexos..............     197.700      152.300     -.-       350.000
27   Productos de
     Minerales no
     metálicos...........       4.900        2.000     -.-         6.900
28   Productos Metálicos.      10.300        4.400     -.-        14.700
29   Utiles y Productos
     Varios..............      18.600        7.800     -.-        26.400
31   Maquinaria Equipo de
     Producción nuevos...     155.700      165.300     -.-       321.000
32   Equipos de Oficina..      35.000       14.700     -.-        49.700
36   Equipos para
     Comunicaciones......       3.000        1.300     -.-         4.300
38   Repuestos de
     Maquinarias y Equipos     17.000        7.100     -.-        24.100
81   Amortización Deuda
     Interna.............      15.000        6.300     -.-        21.300
91   Asignaciones varias,
     Gastos
     Extraordinarios.....      87.600       36.800     -.-       124.400
92   Partidas para Ref.
     de otros Rubros.....     153.600       64.500     -.-       218.100
                            ---------    ---------     ----    ---------
                            2:285.900    1:128.600     -.-     3:414.500
                            ---------    ---------     ----    ---------


                    PROGRAMA 083 - SERVICIOS PERSONALES

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

01   Sueldos de Cargos
     Presupuestados......   3:463.636        -.-       -.-     3:463.636
02   Sueldos con Cargos
     a Partidas Globales.      66.271        -.-       -.-        66.271
03   Sueldos Progresivos.      67.711        -.-       -.-        67.711
07   Compensaciones
     sujetas a Montepío..   3:500.738     956.000      -.-     4:456.738
61   Cargos y Prestaciones
     servidas a
     Organismos estatales
     y paraestatales.....   1:277.704     172.080      -.-     1:449.784
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas artículo 4º
     decreto 17.020 y
     artículo 21 decreto
     17.879..............     715.168       73.846     -.-       789.014
                           ----------    ---------     ----   ----------
                            9:091.228    1:201.926     -.-    10:293.154
                           ----------    ---------     ----   ----------

(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                    PROGRAMA 083 - SERVICIOS GENERALES

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

11   Servicios Públicos...    704.500      317.000     -.-     1:021.500
12   Publicidad, Impuestos
     Encuadernación......      24.000       10.800     -.-        34.800
13   Locomoción y viático       4.000        1.800     -.-         5.800
15   Arrendamientos.......     36.000       16.200     -.-        52.200
16   Intereses, Comisiones
     y Prima de Seguro....      7.300        3.300     -.-        10.600
17   Servicio de
     Mantenimiento y
     Reparación...........     80.000       36.000     -.-       116.000
18   Otros Servicios
     Contratados..........     15.000        6.800     -.-        21.800
21   Alimentos Pro.
     Agropec. y Forest....    130.000       58.500     -.-       188.500
22   Minerales (Ex.
     Hidrocarburo)........     10.000        4.500     -.-        14.500
23   Textil y Vestuarios..     42.000       18.900     -.-        60.900
24   Productos de Cartón
     e Impresos...........     57.000       25.600     -.-        82.600
25   Productos de Cuero
     y Caucho............      23.000       10.300     -.-        33.300
26   Productos Químicos y
     Anexos..............      85.000       38.200     -.-       123.200
27   Productos de
     Minerales no
     metálicos...........      24.800       11.100     -.-        35.900
28   Productos Metálicos.      52.600       23.600     -.-        76.200
29   Utiles y Productos
     Varios..............     105.200       47.300     -.-       152.500
31   Maquinaria Equipo de
     Producción nuevos...      52.000       23.400     -.-        75.400
32   Equipos de Oficina..      28.000       12.600     -.-        40.600
33   Equip. Médico San.
     y Odont.............       6.000        2.700     -.-         8.700
35   Equipos de Transporte      6.000        2.700     -.-         8.700
36   Equipos para
     Comunicaciones......      12.000        5.400     -.-        17.400
38   Repuestos de
     Maquinarias y Equipos     15.000        6.700     -.-        21.700
91   Asignaciones varias,
     Gastos
     Extraordinarios.....      28.800       12.900     -.-        41.700
92   Partidas para Ref.
     de otros Rubros.....     170.000       76.500     -.-       246.500
                            ---------    ---------     ----    ---------
                            1:718.200      772.800     -.-     2:491.000
                            ---------    ---------     ----    ---------


                    PROGRAMA 084 - SERVICIOS PERSONALES

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

01   Sueldos de Cargos
     Presupuestados......   2:336.851        -.-       -.-     2:336.851
02   Sueldos con Cargos
     a Partidas Globales.   2:063.785        -.-       -.-     2:063.785
03   Sueldos Progresivos.      70.482        -.-       -.-        70.482
07   Compensaciones
     sujetas a Montepío..   2:166.274   1:022.000      -.-     3:188.274
61   Cargos y Prestaciones
     servidas a
     Organismos estatales
     y paraestatales.....   1:194.731     183.960      -.-     1:378.691
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas artículo 4º
     decreto 17.020 y
     artículo 21 decreto
     17.879..............     539.126       50.117     -.-       589.243
                           ----------    ---------     ----   ----------
                            8:371.249    1:256.077     -.-     9:627.326
                           ----------    ---------     ----   ----------


                    PROGRAMA 084 - EXPLOTACION DE HOTELES

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

11   Servicios Públicos...    839.700      410.300     -.-     1:250.000
12   Publicidad, Impuestos
     Encuadernación......      75.000       26.800     -.-       101.800
13   Locomoción y viático      18.600        6.600     -.-        25.200
15   Arrendamientos.......      2.300          700     -.-         3.000
16   Intereses, Comisiones
     y Prima de Seguro....     26.500       33.500     -.-        60.000
17   Servicio de
     Mantenimiento y
     Reparación...........     70.000       25.000     -.-        95.000
18   Otros Servicios
     Contratados..........    171.700       61.900     -.-       233.600
21   Alimentos Pro.
     Agropec. y Forest....  1:585.000      951.000     -.-     2.536.000
22   Minerales (Ex.
     Hidrocarburo)........     25.500        9.100     -.-        34.600
23   Textil y Vestuarios..     75.300       26.800     -.-       102.100
24   Productos de Cartón
     e Impresos...........      6.000        2.100     -.-         8.100
25   Productos de Cuero
     y Caucho............       2.800        1.000     -.-         3.800
26   Productos Químicos y
     Anexos..............     645.000      232.000     -.-       877.000
27   Productos de
     Minerales no
     metálicos...........      41.500       14.900     -.-        56.400
28   Productos Metálicos.      21.900        7.800     -.-        29.700
29   Utiles y Productos
     Varios..............      50.400       17.600     -.-        68.000
31   Maquinaria Equipo de
     Producción nuevos...      35.000       12.500     -.-        47.500
32   Equipos de Oficina..      20.000        7.100     -.-        27.100
36   Equipos para
     Comunicaciones......      54.000       19.300     -.-        73.300
38   Repuestos de
     Maquinarias y Equipos     16.400        5.900     -.-        22.300
91   Asignaciones varias,
     Gastos
     Extraordinarios.....      63.600       19.200     -.-        72.800
92   Partidas para Ref.
     de otros Rubros.....     150.700       53.900     -.-       204.600
                            ---------    ---------     ----    ---------
                            3:986.900    1:945.000     -.-     5:931.900
                            ---------    ---------     ----    ---------

(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                    PROGRAMA 085 - SERVICIOS PERSONALES

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

01   Sueldos de Cargos
     Presupuestados......      89.716        -.-       -.-        89.716
03   Sueldos Progresivos.       2.340        -.-       -.-         2.340
07   Compensaciones
     sujetas a Montepío..      54.722        -.-       -.-        54.722
61   Cargos y Prestaciones
     servidas a
     Organismos estatales
     y paraestatales.....      26.420        -.-       -.-        26.420
62   Prestaciones servidas
     directamente a las
     personas artículo 4º
     decreto 17.020 y
     artículo 21 decreto
     17.879..............      14.604          915     -.-        15.519
                           ----------    ---------     ----   ----------
                              187.802          915     -.-       188.717


(*)  Decreto 18.579 y decretos Poder Ejecutivo 683/977 de 7 de diciembre
     de 1977; 154/978 de 17 de marzo de 1978; 338/978 de 15 de junio de
     1978; 524/978 de 13 de setiembre de 1978 y decreto Ministerio de
     Economía y Finanzas 386/978 de 3 de setiembre de 1978.


                    PROGRAMA 085 - TURISMO

Sub  -                        Vigente (*)  En más  En menos  Proyectada
rubro     Concepto               N$          N$        N$        N$
------------------------------------------------------------------------

12   Publicidad, Impuestos
     Encuadernación......      58.600       23.400     -.-        82.000
13   Locomoción y viático       6.000        2.400     -.-         8.400
15   Arrendamientos.......      2.200          800     -.-         3.000
17   Servicio de
     Mantenimiento y
     Reparación...........      4.400        1.800     -.-         6.200
18   Otros Servicios
     Contratados..........     86.800       34.700     -.-       121.500
24   Productos de Cartón
     e Impresos...........      3.000        1.200     -.-         4.200
29   Utiles y Productos
     Varios..............       3.000        1.200     -.-         4.200
31   Maquinaria Equipo de
     Producción nuevos...       2.200          900     -.-         3.100
32   Equipos de Oficina..       3.500        1.400     -.-         4.900
34   Equipos Educativos
     y Recreativos.......         800          300     -.-         1.100
75   Transferencia de Cap
     al Sector Privado...      14.500        5.800     -.-        20.300
91   Asignaciones varias,
     Gastos
     Extraordinarios.....       8.700        3.500     -.-        12.200
92   Partidas para Ref.
     de otros Rubros.....      38.300       15.300     -.-        53.600
                            ---------    ---------     ----    ---------
                              232.000       92.700     -.-       324.700


                    PROGRAMA 110 - INVERSIONES Y FINANCIAMIENTO

Sub  -                        Sector 050            Sector 080
rubro     Concepto       Planeamiento Urbano      Hoteles, Casinos
                            y Cultural              y Turismo

                                  N$                     N$
------------------------------------------------------------------------

52   Edificaciones.......     4:800.000 (*)            5:970.000 (*)

(*)  Incluye: Construcciones, adicionales, alhajamiento, mejoras y
     reparaciones extraordinarias.

               DEPARTAMENTO DE HOTELES, CASINOS Y TURISMO

                        RESULTADOS EXPLOTACION

INGRESOS:                          N$             N$             N$
                                   --             --             --

Resultado Bruto de Explotación:

Parque Hotel, Casino Hotel,
Casino Carrasco Estimado                       92:000.000

EGRESOS:

Retribuciones Personales.......    66:400.000
Servicios No Personales........    12:200.000  78:600.000
                                   ----------  ----------

INTENDENCIA MUNICIPAL
   DE MONTEVIDEO                                            14:300.000
                                                            ----------

Intendencia Municipal de Montevideo

                              (RESOLUCION 122.653)

     "MES DEL XXX ANIVERSARIO DE LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS
                    DERECHOS HUMANOS"

Visto: la modificación del Presupuesto de Sueldos, Gastos, Obras e
Inversiones y Recursos del Gobierno Departamental de Montevideo, para el
ejercicio 1979.

Considerando: I) Que la Junta de Vecinos de Montevideo sancionó el decreto
19.031 de 22 de diciembre de 1978, previa aprobación por el Tribunal de
Cuentas de la República, con el texto definitivo que regulará dicha
ampliación presupuestal;

2) Que la modificación del Presupuesto precitado, fue aprobada por decreto
754/978 del Poder Ejecutivo, de 29 de diciembre de 1978, conforme a lo
dispuesto en el literal c) del artículo 5º del acto institucional 3.

Atento: a lo dispuesto en el artículo 35º, numeral 1º de la Ley Orgánica
Municipal,

El Intendente Municipal de Montevideo

                              RESUELVE:

 Promúlgase, publíquese, hágase saber a la Junta de Vecinos de Montevideo;
incorpórese por el Servicio de Entrada y Trámite al Registro
correspondiente; comuníquese al Departamento Jurídico, a la Contaduría
General y transcríbase, con agregación de los antecedentes, al
Departamento de Hacienda.

OSCAR V RACHETTI Intendencia Municipal - ARIEL CORREA VALLEJO  Secretario
General.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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