Fecha de Publicación: 24/02/1988
Página: 342-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Decreto 762/987

Se dictan normas sobre la atención médico quirúrgico proporcionada por el Ministerio de Salud Pública al personal policial en Montevideo y el Interior.

Ministerio de Salud Pública.
 Ministerio del Interior.

                                    Montevideo, 22 de diciembre de 1987.


 Visto: el informe producido por la Comisión Interministerial, creada por
resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20 de marzo de 1987, con objeto
de instrumentar los mecanismos de compensación previstos en el decreto
182/986, de fecha 1º de abril de 1986.

 Resultando: I) Que la problemática analizada por dicha Comisión amerita
el dictado de normas que solucionen de modo definitivo la misma;

 II) Que dada la existencia de pluralidad de normas al respecto, es
conveniente su unificación en un único decreto, lo que facilitará su
interpretación y aplicación;

 Considerando: lo dispuesto por el artículo 140 del decreto ley 14.416,
de fecha 28 de agosto de 1975 y concordantes y de la ley 9.202 del 12 de
enero de 1934,

  El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 140 del decreto ley
14.416, de 28 de agosto de 1975 y en el decreto 637/971 del 5 de octubre
de 1971 el Ministerio de Salud Pública proporcionará atención
médico-quirúrgica al Ministerio del Interior en:

 

SANGUINETTI.- RAUL UGARTE ARTOLA.- ANTONIO MARCHESANO.
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