Fecha de Publicación: 30/03/2017
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 45

   Autorización a la Dirección General Impositiva.-Autorízase a la Dirección General Impositiva a establecer las formas, plazos y condiciones en que las entidades financieras darán cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
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