Fecha de Publicación: 13/04/1988
Página: 86-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 21

   La Comisión Asesora Tripartita se integrará en forma provisoria, hasta
tanto se realicen los actos electorales previstos en el artículo 14, con
representantes designados a propuesta de las organizaciones de  empleadores y trabajadores comprendidos en el presente decreto.
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