A fin de obtener los beneficios dispuestos por este Decreto, las
empresas deberán presentarse ante la Unidad Asesora de Promoción Industrial solicitando la autorización pertinente acompañando:
a) Un resumen de los principales detalles de la inversión a realizar a
los efectos de facilitar el seguimiento de la misma y el control de
los extremos previstos en este decreto, especialmente en lo que se
refiere a lo dispuesto por el artículo 9º
b) Un certificado expedido por el Ministerio de Turismo en el que se
indique que la empresa se encuentra registrada en el Registro de
Hoteles, Pensiones y Afines y categorizada en alguna de las
subcategorías de "Hoteles" o de "Paradores y Moteles", o en su caso,
que la actividad que proyecta realizar se ubica en alguna de ellas y,
c) Un certificado expedido por el Centro Nacional de Política y
Desarrollo Industrial estableciendo que los bienes a importar no son
competitivos con los producidos por la industria nacional.