Fecha de Publicación: 15/12/1976
Página: 488-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 794/976

Se amplían disposiciones del decreto 999/975, por el que se establece un sistema de pago del Impuesto al Valor Agregado.

Ministerio de Economía y Finanzas.

                             Montevideo, 9 de diciembre de 1976.

  Visto: el decreto 682/976 de 20 de octubre de 1976.

  Considerando: I) Conveniente modificar las normas del decreto de
referencia con respecto a su vigencia;

  II) Que sin perjuicio de lo anterior, se mantienen los fundamentos
establecidos en la parte expositiva del citado decreto;

  III) Que a efectos de una mejor técnica reglamentaria se considera
adecuado sustituir íntegramente la parte dispositiva del decreto 682/976,
no obstante mantenerse íntegramente algunas disposiciones del mismo,

  El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

Agréguese al artículo 61 del decreto 999/975 de 29 de diciembre de 1975,
el siguiente inciso:

  "En tal caso, los pagos a cuente que deban realizarse en los tres
primeros meses del ejercicio se deducirán en diez cuotas mensuales e
iguales a partir de la primera declaración jurada acumulativa".

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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