Fecha de Publicación: 22/02/1980
Página: 826-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 8

              La Contaduría General de la Nación incluirá en la Relación
de Créditos Pendientes de Pago al cierre de cada ejercicio los montos que
durante el mismo se hayan entregado por concepto de apoyo financiero para
gastos de funcionamiento a los frigoríficos de referencia, mientras dure
la intervención de los mismos por parte del Estado.
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