Fecha de Publicación: 05/05/1987
Página: 429-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 2

   El transcurso del plazo sin que se verifique el cumplimiento de las
exportaciones requeridas importará la eliminación de la empresa
responsable de los Registros correspondientes, para todas las categorías
de vehículos.
Ayuda