La solicitud de apertura del crédito a la Contaduría General de la Nación,
vendrá acompañada de la planilla de liquidación que contendrá la siguiente
información previa y necesaria a la apertura del mismo:
A) Con respecto a la Oficina: Programa, Subprograma y Unidad Ejecutora;
B) Con respecto al funcionario:
1) Cargo Presupuestal, Escalafón, Grado y Sueldo.
en el caso de funcionarios contratados, la determinación del
escalafón y grado a que se asimilan y sueldos respectivos;
2) Otras partidas que según el artículo 4º del presente decreto,
configuran el sueldo total mensual;
3) Categorización a los efectos de la aplicación de lo dispuesto
por los artículos 10º y 11º del presente decreto;
4) Días efectivamente trabajados;
5) Crédito semestral solicitado; importes a depositar en la Caja
Nacional de Ahorro Postal a liquidar menos el descuento del 2%
(Artículo 187º de la ley 14.100, de 27 de diciembre de 1972) y
líquido a pagar.