Fecha de Publicación: 17/03/2006
Página: 535-A
Carilla: 19

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 8

 En caso de que se disponga el cese del beneficio por razones de
incumplimiento de la normativa vigente exigida para los beneficiarios del
Programa de Soluciones Habitacionales, automáticamente se rescindirá el
contrato de comodato y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente en su calidad de arrendatario y
administrador del Programa de Soluciones Habitacionales para Jubilados y
Pensionistas, realizará las acciones legales que correspondan para la
recuperación del inmueble y su posterior restitución al arrendador o en
su caso la entrega en comodato a otro beneficiario del referido
Programa.
Ayuda