Fecha de Publicación: 23/03/2012
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 80/012

Institúyese el Premio a la Transparencia, que será entregado anualmente en
acto público.
(494*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

                                           Montevideo, 13 de Marzo de 2012

VISTO: lo dispuesto por la Ley de Acceso a la Información Pública N°
18.381 de 17 de octubre de 2008 y su Decreto Reglamentario N° 232/010 de 2
de agosto de 2010, por los que se regula el Derecho de Acceso a la
Información Pública y la Transparencia de la función administrativa del
Estado;

RESULTANDO: I) que el artículo 19 de la citada Ley crea la Unidad de
Acceso a la Información Pública (UAIP), como órgano desconcentrado de la
Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la
Sociedad de la Información y del Conocimiento, dotado de la más amplia
autonomía técnica;

II) que la UAIP deberá realizar todas las acciones necesarias para el
cumplimiento de los objetivos y demás disposiciones de dicha ley;

III) que para la consecución de dichos objetivos la Unidad de Acceso a la
Información Pública planificó las estrategias necesarias para la creación
del Premio a la Transparencia;

CONSIDERANDO: I) que resulta indispensable para el desarrollo del país y
del sistema democrático, la creación y consolidación de una Cultura de la
Transparencia;

II) que una Cultura de la Transparencia implica el fomento y la
consolidación de los valores inherentes al sistema democrático de
gobierno, en busca de garantizar el derecho fundamental de las personas al
acceso a la información pública, promoviendo la transparencia de la
función administrativa de todo organismo público, sea estatal o no
estatal;

III) que se estima conveniente instituir el Premio a la Transparencia como
un reconocimiento anual que hará la Presidencia de la República, la Unidad
de Acceso a la Información Pública y la Agencia para el Desarrollo del
Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del
Conocimiento, a los sujetos obligados de la Ley de Acceso a la Información
Pública, que se destaquen a nivel nacional con las mejores experiencias
y/o innovaciones relativas a la Transparencia;

IV) que esta iniciativa refuerza el compromiso país con relación a la
Alianza para el Gobierno Abierto, que tiene por objetivo promover la
transparencia, aumentar la participación ciudadana en los asuntos públicos
y combatir la corrupción;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Institúyese el Premio a la Transparencia, que será entregado anualmente
por la Presidencia de la República, la Unidad de Acceso a la Información
Pública y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión
Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento, en acto
público, de acuerdo con el proceso de selección y otorgamiento que se
estipulan en las bases que se adjuntan y que son parte integrante del
presente Decreto.


		
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