Fecha de Publicación: 15/04/1986
Página: 114-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 4

   El otorgamiento de concesiones por el sistema de adjudicacion directa
de servicios de autotransporte que complementen conexiones 
internacionales servidas por empresas argentinas se ajustarán al orden
que resulta de aplicar los literales b) y c) del artículo 3°.
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